miércoles, octubre 10, 2012

agriculturablogger: Nuevos requisitos de registro de establecimientos bajo la FSMA de la FDA

Nuevos requisitos de registro de establecimientos bajo la FSMA de la FDA

    La Food and Drug Administration (FDA) ha notificado que el proceso de renovación bianual de registro de los establecimientos de alimentos bajo su jurisdicción, que estaba programado entre el 1 de octubre y 31 de diciembre de 2012, se ha retrasado y no está todavía disponible. La agencia no ha informado aún la fecha en la que comenzará el proceso, pero ha recomendado revisar periódicamente el sitio implementado para el registro (ingrese AQUÍ) e inscribirse en el siguiente enlace para recibir notificaciones sobre el registro: sign up for FSMA updates. 

    La Ley de Modernización de Inocuidad Alimentaria (FSMA, por sus siglas en inglés) modificó la sección 415 de la Ley Federal de la Ley Federal de Alimentos, Medicamentos y Cosméticos (FD&C Act), que requería el registro ante la FDA de todos los establecimientos nacionales y extranjeros que fabriquen, empaquen, o almacenen alimentos para consumo humano o animal. Las modificaciones introducidas por la FSMA a la sección 415 de la FD&C Act están centrados en mejorar la capacidad de respuesta de la agencia para responder de manera rápida y eficiente ante emergencias alimentarias. El proceso de registro no tiene costo asociado. 

    La modificación introducida por la sección 102 de la FSMA exige información adicional sobre los establecimientos, específicamente, para los establecimientos en EE.UU. requiere el correo electrónico de un punto de contacto y para los establecimientos extranjeros requiere un correo electrónico de contacto de su agente en Estados Unidos. Además, se exige asegurar que la FDA tendrá acceso a inspeccionar el establecimiento en el momento y en la manera que permite la FD&C Act y, si la FDA lo determina necesario, el registro debe contener información sobre otras categorías de alimentos manufacturados, procesados, empacados o almacenados en los establecimientos, según la agencia establezca. 

    Todos los establecimiento, domésticos y extranjeros que tienen un registro previo de acuerdo a la sección 415 de la FD&C Act y las que deseen obtener un nuevo registro, deberán registrarse en el período que informará oportunamente la FDA y cada dos años en los años pares deberán renovar su registro entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre, manteniendo el número de registro otorgado previamente. El alcance del tipo de establecimientos que requieren registro por el momento no ha cambiado respecto a lo definido originalmente por la sección 415 de la FD&C Act.

    Ingrese AQUÍ para conocer el texto completo de la Ley, el calendario de implementación, documentos explicativos, preguntas frecuentes, entre otra información relevante. La Agregaduría Agrícola de Chile en Estados Unidos continuará informando sobre este proceso de renovación de registro y otras etapas relativas a la implementación de la FSMA.














































Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
Diplomado en "Gestión del Conocimiento" de la ONU
Diplomado en Gerencia en Administracion Publica ONU
Diplomado en Coaching Ejecutivo ONU( 
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