sábado, agosto 09, 2008

Sharon, instinto con la moda

Sharon, instinto con la moda

 

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[foto de la noticia]

Jill Greenberg/CORBIS OUTLIN

1/6

Que Sharon Stone ha descubierto el elixir de la eterna juventud es indiscutible, pero también sabe llevar 'el armario' sin caer en lo extravagante ni remarcar sus arrugas. Aficionada al 'animal print' y a la comodidad cuando la situación lo requiere, la rubia de Instinto Básico tiene eso, instinto para vestir.

Ir cómoda es su insignia. Unos pantalones vaqueros no tienen porqué restar 'glamour' si se llevan con complementos y camisetas adecuadas.

 


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La alta tecnología tiene nombre de mujer

 

La alta tecnología tiene nombre de mujer

En la incubadora de empresas que funciona en la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales de la Universidad de Buenos Aires, las mujeres emprendedoras con proyectos de ciencia y tecnología son mayoría. La doctora en química Laura Pregliasco, responsable de Incubacén, y las autoras de un proyecto que ha merecido premios y va en busca de inversores dan cuenta de que algo está cambiando en la relación que existe entre mujeres, ciencia y negocios.

 Por Verónica Engler

Hubo una época en la que del Viejo Continente partían barcos con marineros de toda calaña en busca de horizontes más allá de lo conocido. Algunos, la mayoría, con unos ánimos de conquista apabullantes. Otros, simplemente con ganas de huir de algún amor contrariado o de una deuda imposible de pagar. Iniciar ese periplo, sin mapas ni imágenes precisas sobre el lugar de destino, implicaba una cuota de incertidumbre bastante alta que pocos toleraban. Pero si por fortuna se lograba llegar, todavía quedaba enfrentar un mundo del que nada se sabía y sobrevivir en él a fuerza, como finalmente sucedió, de dominar e inclusive exterminar a los habitantes originales de esas tierras. Por entonces, a esos señores se los llamaba, en francés, entrepreneurs, que en criollo quiere decir emprendedores (quienes acometen con resolución acciones dificultosas o azarosas). Más tarde, cuando el Nuevo Mundo empezaba a amoldarse a los usos y costumbres del Viejo, se designó entrepreneurs, en sentido económico, a quienes eran capaces de enfrentar la incertidumbre –según lo definió en el siglo XVIII el escritor francés Richard Cantillón–. Un pasito más y, finalmente, la palabra se instaló en lenguas de aquí y allá para identificar a empresarios innovadores.

El entrepreneur o emprendedor de hoy también enfrenta la incertidumbre e innova cuando hace negocios, con la salvedad de que en sus iniciativas, muchas veces –aunque no siempre– no son necesarios ni la conquista ni el exterminio de antaño. De hecho, algunos se animan a decir que el espíritu entrepreneur de pequeñas y medianas empresas podría conducir hacia una sociedad más igualitaria en la que los negocios no quedarían irremediablemente en manos de las grandes corporaciones, totalitarias por antonomasia. Otra de las novedades es que estos emprendedores, cada vez con más ahínco, hacen uso intensivo de la ciencia y la tecnología para generar divisas y también, por qué no, riqueza social.

Entrepreneurs
en incubadora

Ya en la década del '70, el físico argentino Jorge Sabato proponía promover una interacción más fluida entre la academia, las empresas y el Estado (tres actores identificados como los vértices de un "triángulo virtuoso") para dinamizar el proceso de desarrollo en nuestra sociedad. El espíritu de aquellas ideas parece estar resurgiendo en el firmamento local. Prueba de ello es Incubacén, la incubadora de empresas de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales (FCEyN) de la Universidad de Buenos Aires (UBA) que –¡oh sorpresa! en el ámbito de la ciencia y la tecnología– cuenta con un 60 por ciento de mujeres emprendedoras en sus haberes.

Incubacén fue puesta en funcionamiento durante 2003 por el actual ministro de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, Lino Barañao, por entonces secretario de Investigación de la FCEyN. En estos cinco años, la incubadora se ha dedicado a cuidar, contener y dar apoyo a decenas de empredimientos en ciernes gestados a partir de las ideas y el ímpetu de científicas y científicos de esa facultad.

"Nos gusta pensar a la incubadora como un espacio de cuidado intensivo en un momento de máxima fragilidad de estas incipientes pymes: el arranque. Tratamos de minimizar los fracasos en esta etapa", define la doctora en química Laura Pregliasco, responsable de Incubacén y también de extender la experiencia de la FCEyN al resto de la UBA.

"Una incubadora de empresas es una herramienta más de transferencia tecnológica –continúa la especialista–, que promueve el espíritu emprendedor, es decir que también busca innovación y culmina los procesos de investigación y desarrollo, en el sentido de lograr una aplicación comercialmente exitosa."

La transferencia tecnológica a la que se refiere Pregliasco es el proceso de utilización de tecnología, experiencia y conocimientos generados en la universidad para propósitos a los que originalmente no apuntaban esos desarrollos. Esta cuestión, justamente, es uno de los puntos neurálgicos en los que viene haciendo foco la comunidad científica internacional en los últimos años.

El Research Councils UK (RCUK), organismo que nuclea a los siete Consejos de Investigación que integran el sistema científico en Gran Bretaña, daba a conocer Material World: knowledge economy, un detallado documento en el que se analiza la contribución que la investigación financiada con fondos públicos ha hecho a la economía de ese país. "En una economía del conocimiento, la ciencia y la investigación básica son esenciales para el crecimiento de la economía y la prosperidad social", se afirma en el texto. "Para que las compañías británicas sean exitosas tendrán que innovarse, y mucho del conocimiento y capacidades básicas que necesitarán están en las universidades", concluye.

Responsabilidad social

"Deseamos contribuir como una actividad casi de extensión universitaria, en el sentido de volcar a la sociedad que nos financia el conocimiento adquirido en una forma novedosa: empresas que produzcan en el país generando riqueza y trabajo bien remunerado, y que requieran mano de obra calificada, para colaborar con la migración de la Argentina hacia una sociedad basada en el conocimiento, que exporte bienes o servicios de alta tecnología, más que soja", resume Pregliasco que, en su paso por el sector privado –en industrias farmacéuticas–, pudo adquirir amplia experiencia en tramitación de patentes e implementación de sistemas de gestión de calidad, tópicos ineludibles a la hora de encarar cualquier emprendimiento como los que se incuban en la facultad.

Según consignan sus responsables, los proyectos que Incubacén cobija bajo sus alas, además de ser de alto valor agregado, en general representan alguna innovación, no impactan negativamente en el medio ambiente, permiten maximizar la utilización de materias primas e insumos nacionales, son proyectos socialmente responsables y, como si todo esto fuera poco, son potencialmente rentables. "La responsabilidad social empresarial puede definirse como la contribución activa y voluntaria al mejoramiento social, económico y ambiental por parte de las empresas, generalmente con el objetivo de mejorar su situación competitiva y valorativa y su valor añadido –explica Pregliasco–. Esta responsabilidad va más allá del cumplimiento de las leyes y las normas, dando por supuesto su respeto y su estricto cumplimiento. En este sentido, la legislación laboral y las normativas relacionadas con el medio ambiente son el punto de partida. El cumplimiento de estas normativas básicas no se corresponde con la responsabilidad social, sino con las obligaciones que cualquier empresa debe cumplir simplemente por el hecho de realizar su actividad. Sería difícilmente comprensible que una empresa alegara actividades de responsabilidad social empresaria si no cumple con la legislación de referencia para su actividad."

El año pasado se presentaron veinticinco proyectos a la convocatoria de Incubacén, de los cuales dieciséis llegaron hasta la etapa de preincubación. De esa tanda surgió "Soluciones biotecnológicas para la Industria Láctea" (ver recuadro), un emprendimiento que se propone producir de manera industrial un preparado cuyo principio activo es una proteína natural a partir de la cual se abren dos grandes líneas de desarrollo: un conservante para la industria láctea y un producto para inhibir la mastitis vacuna. El proyecto, liderado por tres biólogas, fue uno de los dos emprendimientos que resultaron premiados este año. La distinción le permitió al grupo viajar a Estados Unidos para conocer diferentes universidades e institutos de investigación en los que funcionan incubadoras de empresas –como la Universidad de Miami, la Universidad de Boston y la escuela de negocios Babson College–.

Allí, cuentan, vieron cómo se hacen las cosas a lo grande y también pudieron exponer su proyecto ante científicas y científicos duchos en el tema. Además, tuvieron la oportunidad de enfrentarse en vivo y en directo a inversores del Norte y salieron airosas de cada una de estas pruebas. Las felicitaron y mostraron interés en el emprendimiento. "Exponer el proyecto allá como equipo nos vino muy bien", resume Natalia Fernández Eraso, la más joven del trío que en promedio no llega a los cuarenta.

Fernández Eraso, al igual que sus compañeras emprendedoras Alicia Zelada y Silvia Lede, reconoce una vocación tanto para la investigación pura como para encarar iniciativas en las que sus conocimientos científicos puedan aplicarse en soluciones concretas que, finalmente, resulten buenos negocios. Algo que en el ambiente académico no suele ser visto con buenos ojos. "Todavía está esa falsa moralina de decir que la ciencia no va de la mano de los negocios", cuestiona.

Ciencia & negocios

Alicia Zelada, luego de doctorarse en Ciencias Biológicas en la UBA, en 1997, decidió partir hacia la Universidad Laval de Quebec (Canadá) para realizar un posdoctorado en biología molecular de hongos patógenos de humanos y regresó a la Argentina luego de tres años. "Durante mi estadía en Canadá tuve oportunidad de conocer varios grupos de investigación que trabajaban en el área de biotecnología de microorganismos y biotecnología vegetal en estrecha relación con los sectores productivos y en proyectos altamente direccionados a la transferencia tecnológica. Este enfoque de la tarea de investigación me pareció sumamente interesante y más acorde con mi carácter pragmático, así que cuando regresé decidí cambiar mi área de investigación y me incorporé al Laboratorio de Agrobiotecnología."

El trío de biólogas decidió acercarse a la incubadora de la facultad fundamentalmente porque necesitaban apoyo para capacitarse en el área de negocios, ilustrarse con respecto a cuestiones legales y también para buscar inversores. "Sabíamos que para diseñar un plan de negocios y salir a la calle necesitábamos asesorarnos y disponer de herramientas de negocios, no muy comunes en el ámbito de la ciencia", asume Silvia Lede.

Es que no resulta nada sencillo para quienes cotidianamente hablan de macromoléculas, péptidos, principios activos, proteínas y genómica de vegetales, incorporar a su vocabulario términos surgidos del mundo de los negocios como "plan de negocios", "hoja de oferta" o "flujo de caja".

"Salir de la facultad y tener que encarar un proyecto solos a veces es medio complicado porque no estamos preparados", señala Fernández Eraso.

Desde Incubacén se encaran dos tipos de trabajos. Por un lado, el asesoramiento y la concreción de acuerdos económicamente justos, que satisfagan los objetivos tanto de los investigadores como el fin social de la facultad. Además, la incubadora ofrece una pequeña infraestructura para que los emprendimientos puedan comenzar a funcionar: sala de reuniones, oficina con computadora, teléfono y secretaria.

Uno de los problemas que se presenta a los científicos a la hora de armar una empresa propia es elegir una de entre las muchas aplicaciones que puede tener un conocimiento. Otra causa importante de frustración es no poder mantener la constancia, ya que la mayoría de quienes emprenden la tarea de concretar comercialmente alguna idea basada en sus saberes científicos, se enfrenta con la necesidad de formalizar un proyecto que muchas veces no está directamente relacionado con sus quehaceres laborales.

"El trabajo en Incubacén fue positivo porque hay distintos profesionales que nos dieron una perspectiva en cuanto a lo legal y lo comercial que a nosotras nos vino muy bien –señala Fernández Eraso–. También nos fue muy útil el hecho de tener plazos, porque cuando se trabaja en un emprendimiento al margen de lo que es tu laburo cotidiano, el tiempo se dilata. El estar en Incubacén y tener que cumplir con plazos para presentar el plan de negocios hizo que el proyecto avanzara más que en condiciones naturales."

Para muchos científicos y científicas la experiencia de pasaje del ámbito académico al empresarial resulta un desafío altamente estimulante aunque no exento de situaciones críticas ni de momentos de incomprensión por quienes se hallan del otro lado del puente. "Los investigadores no conocen el lenguaje, los códigos y el paradigma del mundo de los negocios –indica Pregliasco–, y los inversionistas locales tienen mucho que aprender de la cultura académica, de los sueños y necesidades de los investigadores, pero también de las estructuras institucionales, del sentido de la autonomía universitaria, del rol de las oficinas de transferencia tecnológica en buscar el beneficio social local al transferir ideas de la Universidad al mercado, como compromiso con la creación de una sociedad más justa, a partir de la inversión pública."

Tal vez en cada átomo, lípido, capa geológica, algoritmo o supernova que se escudriñen se hallen algunas respuestas superadoras de las preguntas que lanzaron el arduo proceso de la investigación científica. Es posible que en los métodos utilizados para investigar estos objetos o eventos anide una forma novedosa de pensar cuestiones que, en principio, parecían por completo ajenas al acontecer científico.

¿Será factible usar el conocimiento, la materia gris desarrollada en el país, para lograr mejoras para la sociedad en su conjunto y no sólo para una elite tecnocientífica?

Esta vez, las mujeres están ahí, y no como una simple minoría decorativa o como una mayoría silenciosa. Estas emprendedoras hi-tech ocupan espacios de liderazgo en ámbitos –el de las ciencias exactas y naturales y el de la empresa– hasta hace muy poco absolutamente reacios a ver a las damas al frente de cualquier iniciativa.

Como innovadoras, ellas tienen mucho por decir en esta nueva aventura del conocimiento.




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Presidente del Senado propone que la estructura tributaria haga distingos entre grandes y pequeños empresarios

Presidente del Senado propone que la estructura tributaria haga distingos entre grandes y pequeños empresarios

Al inaugurar una muestra de artesanía de Chimbarongo, que se desarrollará hasta el 11 de agosto en el Hall de ingreso del Congreso, el senador Adolfo Zaldívar dijo que no podemos seguir con la actual legislación tributaria.

La necesidad de modificar la actual estructura tributaria del país, por una que considere las distintas realidades que viven los grandes y pequeños empresarios, planteó el Presidente del Senado, Adolfo Zaldívar, al inaugurar una muestra de artesanía de Chimbarongo en el Hall de ingreso del Congreso Nacional.

 

"No podemos seguir en nuestro país con una legislación tributaria tan absurda y tan poco realista que no distinga y no promueva nuestra diversidad", señaló el titular de la Cámara Alta durante la ceremonia de inauguración de la muestra, en la que también estuvieron presentes el Vicepresidente del Senado, Baldo Prokurica; el senador Sergio Romero; los diputados Alejandra Sepúlveda y Juan Masferrer, además del alcalde de Chimbarongo, Cosme Mellado.

 

El senador Zaldívar agregó que es fundamental modificar la actual estructura tributaria, pues "no puede haber la misma tributación para la gran empresa, para la mediana y los microempresarios y para qué hablar, de la artesanía".

 

Asimismo, el Presidente del Senado señaló que las autoridades de gobierno deberían considerar un mayor aporte y preocupación para este tipo de actividad, "porque si no vamos a terminar  excluyendo a sectores muy importantes. Antes había dos mil o tres mil microempresarios que trabajaban el mimbre en Chile, y hoy son 250 los que van quedando y esto no puede ser".

 

En su opinión, este tipo de actividades que son características y representativas del país "hay que protegerlas y defenderlas, porque es lo nuestro. Aquí no solo estamos ante una actividad comercial o empresarial, estamos también ante una actividad cultural y si queremos participar en el mundo, no podemos quedar excluidos, tienen que quedar incluidos todos los sectores de Chile".

 

La muestra de artesanía típica de Chimbarongo se desarrollará hasta el próximo lunes 11 de agosto, en el Hall de ingreso del Congreso Nacional, al cual se accede por avenida Pedro Montt. 

 

En ella participan cerca un decena de artesanos en mimbre, quienes además de exponer sus trabajos más característicos, como baúles, bandejas, banquetas y muebles de living y comedor, se dedicarán a "tejer" el mimbre para que los visitantes puedan conocer cómo en detalle dicha técnica.

 

La muestra, organizada por la Municipalidad de Chimbarongo y patrocinada por el Senado de la República, se encuentra abierta al público desde las 10 a las 18 horas y el ingreso es absolutamente gratuito.

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Incentivos tributarios para las pymes: Comisión de Hacienda aprobó legislar sobre la iniciativa

Incentivos tributarios para las pymes: Comisión de Hacienda aprobó legislar sobre la iniciativa

Así lo afirmó el senador Carlos Ominami, integrante de la instancia, quien valoró este proyecto que incrementa transitoriamente el incentivo tributario a la inversión en activo fijo de la micro, pequeña y mediana empresa.

Comisión de Hacienda

Un importante paso dio el proyecto, en segundo trámite, que establece en forma transitoria beneficios tributarios para las micro, pequeñas y medianas empresas. Ello, luego de que la Comisión de Hacienda aprobara legislar sobre la iniciativa que beneficiará a este sector productivo que deben realizar importantes esfuerzos para financiar la adquisición de herramientas de trabajo e infraestructura.

 

Así lo señaló el senador Carlos Ominami, integrante de la Comisión de Hacienda, quien valoró esta iniciativa porque "las pymes enfrentan un complejo acceso al crédito, debido al mayor riesgo de su actividad, por lo que este proyecto significa un importante ahorro de costo en las inversiones que realicen".

 

El parlamentario precisó que "los beneficiados serán los contribuyentes cuyos ingresos anuales por ventas y servicios netos no superen en los 2 años anteriores el equivalente a 100 mil UF". Agregó que "la franquicia tributaria consiste en un crédito fiscal cuyo monto alcanza al 8% de la inversión anual en bienes físicos del activo inmovilizado, siempre que los bienes sean adquiridos nuevos, terminados de construir o recibidos en arrendamiento con opción de compra".

 

La franquicia regirá entre el 1 de enero de 2008 y el 31 de diciembre de 2011, con un límite máximo anual de 650 unidades tributarias mensuales.

 

ACTUAL SISTEMA DE FRANQUICIAS

 

Cabe señalar que, el actual sistema tributario contempla un incentivo que promueve la inversión en activo fijo, contenido en el artículo 33 bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

 

Esta norma ofrece un crédito contra el impuesto de primera categoría, por un monto equivalente a 4% del valor de la inversión realizada en activo fijo, con un tope anual de 500 UTM.

 

Este instrumento abarata directamente el costo de invertir en el mismo monto del crédito tributario. Así, por cada $100 de inversión, el Fisco financia $4, dejando de recibir los impuestos correspondientes. Con ello, el empresario solamente soporta $96 como costo de invertir.

 

Cabe recordar que, el año 2006 se elevó transitoriamente este crédito, con vigencia entre 2007 y 2009, para todas las empresas del país. Entonces, con acuerdo unánime del Congreso, se incrementó la tasa de 4% a 6% y el tope de 500 a 650 UTM. 

 

Es por esto que, en el marco de la implementación de la Agenda Pyme destinada a potenciar la modernización productiva de dichas empresas, se propone aumentar el monto del crédito tributario por activo fijo, pero esta vez solamente para las inversiones de las empresas de menor tamaño. 

 

De este modo, entre los años 2008 a 2011, las inversiones en activo fijo de las empresas con ventas inferiores a 100 mil UF al año, contarán con este crédito tributario de 8%, duplicando la tasa de crédito prevista en la ley.

 

En cuanto al impacto financiero de esta iniciativa, la Dirección de Presupuestos, con fecha de enero de 2008, señaló que las modificaciones que se proponen implicarán un costo fiscal que se reflejará durante sus cuatro años de vigencia.

 

Para su estimación consideró los resultados de la Operación Renta 2007, asumiendo una evolución de las utilidades de las empresas y sus inversiones en activo fijo consistentes con las tasas estimadas de aumento del PIB y de la inversión. Esta estimación constituye un piso de costo fiscal, por cuanto no incluye el efecto del estímulo adicional que provocarán las modificaciones propuestas en las decisiones de inversión de las empresas.

 

En consecuencia, se estima que el costo fiscal para el período 2009-2012 será de $4.970 millones para 2009; de $5.180 millones para 2010; de $12.640 millones para 2011 y de $13.210 para 2012.

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el Rancaguino: Plantean urgente cambio en legislación laboral-Tanto el Presidente de la Confederación de la Producción y el Comercio, como el presidente de la CUT, y el Ministro del Trabajo, Osvaldo Andrade, llegaron al consenso de que hay que modificar la

-Tanto el Presidente de la Confederación de la Producción y el Comercio, como el presidente de la CUT, y el Ministro del Trabajo, Osvaldo Andrade, llegaron al consenso de que hay que modificar la negociación colectiva actual para alcanzar la tan anhelada justicia social.
Leyla Zapata S.
Fotos: Nico Carrasco
La negociación colectiva, en Chile, alcanza sólo al 7%. Bastante menos de lo que quisieran los millones de trabajadores que, cada día, ven con frustración que sus sueldos no alcanzan para satisfacer las necesidades básicas. De ahí el nombre del foro panel: "Trabajo Humano: ¿Herramienta de crecimiento humano o fuente de frustración?", en el que anoche participaron el Presidente de la CUT, Arturo Martínez, el Presidente de la Confederación de la Producción y el Comercio, Alfredo Ovalle, y el Ministro del Trabajo, Osvaldo Andrade, y que fue organizada por el Obispado de Rancagua, presidido por el obispo, también Presidente de la Conferencia Episcopal, Monseñor Alejandro Goic.

Si bien todos plantearon materias distintas, lo cierto es que tras la —en muchos pasajes— candente jornada, se llegó a un consenso tácito: modificaciones reales a la legislación laboral vigente.
"Para mejorar la negociación colectiva que es muy mala hoy en día en nuestro país", dijo el Secretario de Estado; para terminar con la premisa de que "el trabajo se ha convertido en una situación de frustración, amargura, precarización y atropello a la dignidad de los trabajadores y trabajadoras", expresó el Presidente de la CUT, Arturo Martínez; para "instalar un diálogo real", manifestó el Presidente de la Confederación de la Producción y el Comercio, Alfredo Ovalle. Y para "que Chile sea un país más justo y más equitativo para todos", sentenció finalmente el Obispo de Rancagua, Monseñor Alejandro Goic.

POLEMICA JORNADA
La jornada no estuvo exenta de polémica. Martínez, por ejemplo, se llevó la peor parte en los inicios del foro, pues las pifias de decenas de trabajadores que asistieron al evento, no se hicieron esperar. Mientras que el Ministro Andrade se terciaba en dimes y diretes con trabajadores subcontratados de Codelco, cuando dijo "hay que dejar la cagá y luego nos sentamos a conversar", ante lo cual las voces de la sala le replicaban, "pero si el Gobierno jamás nos escuchó".
Sólo parte de las discusiones que también se suscitaron con Alfredo Ovalle y el público presente, sobre todo cuando el presidente de la CPC criticó duramente los hechos de violencia que han marcado los últimos conflictos laborales. "Pero si es la única forma de que nos escuchen", replicaba una voz del público.

EL CONSENSO FINAL
Todos expresaron sus ideas y al final, Ovalle incluido, se llegó al consenso de que, en Chile se necesitan reformas laborales que garanticen el salario mínimo, así como también las condiciones laborales y el fortalecimiento de la negociación colectiva, la que actualmente a juicio del Ministro Andrade "es escasa y está destinada al fracaso".
Finalmente el Obispo de Rancagua, Monseñor Alejandro Goic, reflexionó en torno al sueldo ético que propuso el año pasado en una instancia similar. Además agradeció a los panelistas e hizo un ferviente llamado a mejorar las condiciones laborales, pues a su juicio: "El mejoramiento de las condiciones de vida de las personas, tiene que constituirse como una parte importante del sistema económico". Es decir, que el crecimiento del país no se produzca a costa del esfuerzo de los trabajadores, sino que éstos sean incluidos en el sistema, de tal forma, que el trabajo dignifique a la persona humana.
Plantean urgente cambio en legislación laboral

Brasil protege, el mundo paga

Brasil protege, el mundo paga

La deforestación en Brasil continua.

 La deforestación en Brasil continua.

 

Frenamos la deforestación de la Amazonia si el mundo lo paga. Esta propuesta de Brasil podría servir de modelo para la protección del clima global. Pero algunos expertos lo ven con escepticismo.

El presidente de Brasil, Luiz Inácio Lula da Silva, recauda dinero. Mucho dinero. Hasta finales del 2021 se propone juntar 13,5 millones de euros para su fondo destinado a poner freno a la constante deforestación de la Amazonia brasileña. Se calcula que este año el fondo podría reunir 1.000 millones de dólares. El proyecto tratará de juntar donaciones de entidades privadas en todo el mundo pero se dirige especialmente a los países industrializados del Norte.

 

Los objetivos suenan razonables. Con el dinero del fondo el Gobierno de Lula quiere reforzar el sistema de vigilancia y control de la tala ilegal en Brasil y otros ecosistemas de países tropicales. También se quieren crear alternativas sostenibles para los ganaderos y agricultores que viven en la región amazónica. 

 

Nuevo intento con una idea antigua

 

El presidenta Lula crea un fondo. El presidenta Lula crea un fondo.El nuevo fondo presentado por Lula se parece a la oferta del presidente ecuatoriano Rafael Correa del julio pasado. Ecuador ofrece no explotar un importante campo petrolífero en la zona amazónica si la comunidad internacional se declara dispuesta a pagar.

¿Podría encontrarse aquí una estrategia viable para la protección del medio ambiente en el mundo? La idea no es nueva. Como parte del Protocolo de Kioto sobre el cambio climático se elaboró el "Mecanismo de Desarrollo Limpio" (CDM) que consiste en la obtención de Certificados de Reducción de Emisiones (CERs) al invertir en proyectos que supongan una reducción de la contaminación, en países en vía de desarrollo (Proyectos CDM).

 

Otro ejemplo aún más parecido a la idea de Lula lo encontramos allá en los años 90: en los fondos multilaterales con los que los países industrializados trataban de reducir la emisión global de sustancias químicas, nocivas para la capa de ozono. Los países ricos pagaban y los países en desarrollo financiaban con ese dinero el cambio a tecnologías menos dañinas.

 

¿Un fondo de la ONU mejor? 

 

Algunos expertos ven el problema en el fondo nacional como el brasileño. Nadie niega la necesidad de que los países del Norte financien a los países en desarrollo sus esfuerzos por la protección del clima, dice Christoph Thies, coordinador de la campaña contra la deforestación en Greenpeace. Según Thies, el fondo es una buena idea si todo se hace de manera transparente. Sin embargo, los proyectos de un solo país no garantizan la transparencia y las condiciones iguales para todos los países que participan en ellos. Un fondo de la ONU tendría más sentido, opina Thies.    

 

Pero precisamente el enfoque multilateral parece crear dificultades en Brasil. Ya en la presentación del fondo, el ministro extraordinario de Asuntos Estratégicos, Roberto Mangabeira Unger, dejó bien claro que el mundo entero está invitado a pagar, pero no a saber o tener control alguno sobre el flujo del dinero. "Estos fondos nacionales también se podrían usar para crear una situación de amenaza", sostiene la directora del departamento medio ambiente en el Instituto para la Economía Mundial de Kiel, Sonja Petersen: "O pagas, o dejo deforestar la selva".

 

Gabriel González

 

 


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Ensayo: Máximas ineludibles en el Arbitraje Ético: reflexiones a propósito de los principios de independencia e imparcialidad.

Ensayo: Máximas ineludibles en el Arbitraje Ético: reflexiones a propósito de los principios de independencia e imparcialidad.


Autor: Señor Luis Miguel Arce Barboza
Ver curriculum:
_______________________________________________

Máximas ineludibles en el Arbitraje Ético: reflexiones a propósito de los principios de independencia e imparcialidad.

                                     

Temario. I. Introducción. 1. La imparcialidad e independencia en tanto principios. 2. Tendencia a definir lo inefable. 3. La dicotomía del ser y el deber ser: problemática en torno al árbitro de parte. 4. El deber de revelar la amistad. 5. Comentarios finales: la autocomplacencia del árbitro moral.

 

                                                                                "Es prpreferible mil veces un juez que sea honesto a uno que sepa derecho". Carnelutti

 

                                                                                 Luis Miguel Arce Barboza(1).

 

Hace muchísimos años se erigía un Palacio de Justicia que emanaba poder. Su imponente construcción, cuyo estilo neoclásico desprendía un mensaje de libertad y democracia, iba de la mano en forma proporcional con el prestigio de la Institución que vestía. Tal cualidad descansaba en la esperanza firme que tenían sus usuarios por hallar justicia, pues si algo engrandece a una institución estatal es ciertamente la confianza del pueblo. Luego, con el transcurrir del tiempo, dicha percepción se transforma, poco a poco, hacia una menos feliz (2).

En la actualidad, varias encuestas reflejan lo antedicho. Entre estas, la encuesta de Apoyo, Opinión y Mercado para el diario El Comercio, efectuada a nivel nacional entre el 13 y 15 de septiembre de 2006. Ante la pregunta, "¿Cree usted que el poder Judicial es confiable, poco confiable o nada confiable?", respondieron que confían, el 2% de los entrevistados; que confían algo, el 7%; que confían poco, el 32%; que no confían, el 57%; no precisaron, 2%.

En tal sentido, no es inocente atender constantemente al descontento popular contra el mismo, lo que se manifiesta, entre otras cosas, en la falta de interés de los pocos excelsos abogados por formar parte de la Institución o de los perpetuos gritos políticos por reformarla.   

Sin duda, la demanda de justicia permanecerá presente en tanto sigamos viviendo en sociedad. Ante esa carencia, se asoma la oferta del arbitraje, la cual, enmarcada de una jurisdicción especial atribuida por la Constitución, persigue la misma demanda que para muchos el Poder Judicial no puede satisfacer, otorgándole a las propias partes, grosso modo, la particular posibilidad de imponer ciertas reglas, así como de escoger al propio árbitro que resolverá la contienda.

Así, desde que uno tiene la posibilidad de escoger a su  árbitro -o por lo menos, delegar tal facultad a un tercero- existe una plena confianza en el profesional que impartirá justicia; naturalmente, el usuario del servicio escogerá a la persona cuya experiencia ostente conocimientos jurídicos para el caso en concreto y, aun más importante, moral. Cabe resaltar, con ello, que la responsabilidad de un potencial juicio justo recae en las voluntades y en los medios que asuman las propias partes 

He allí una gran virtud. Pues dado que legalmente está presente la opción del Arbitraje, ya no es necesario que los varios desconfiados del Poder Judicial se queden paralizados bajo la espera interminable de una nueva reforma, cuyo sentido les devuelva la confianza en la ética de los jueces. En la medida que lo anterior se conozca con mayor difusión, estamos convencidos de que la susodicha Institución, cuya práctica es aún incipiente en el Perú, encontrará un sinfín de usuarios (3).

La ética que se persigue en este sistema privado de justicia es básicamente la misma. Los deberes de independencia e imparcialidad de los llamados a resolver la contienda son los presupuestos, conocidos también bajo el nombre de principios, que dan cuerpo a  todo juicio justo. El análisis de estas máximas y algunas reflexiones que a nuestro parecer se suscitan al abordar la exhaustiva Doctrina sobre las mismas, representan la materia de estudio al que se abocará el presente artículo.

1. La independencia e imparcialidad en tanto principios.

 

La ética del Arbitraje en el mundo descansa sobre dos principios: la independencia y la imparcialidad. Ambos principios se encuentran acogidos en las más recientes Directrices de la Internacional Bar Association y en la Ley Modelo UNCITRAL (United Nations Commision on International Internacional Trade Law).

 

Estas máximas son las que subyacen a la función jurisdiccional, por lo que quien pretenda ejercerla tendrá que constreñirse a las mismas, de modo que se respete aquello que reza el artículo 10 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Artículo 6 del Convenio Europeo para la protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, referente al derecho a ser juzgado por un tribunal "independiente e imparcial".

 

"Los términos de "independencia" e "imparcialidad" no aparecen expresamente reflejados en todas las modernas legislaciones nacionales sobre arbitraje. En Francia, por ejemplo dichos términos no aparecen explícitamente en la ley, aunque sí han sido  reconocidos por la jurisprudencia como cualidades esenciales de la función arbitral. En otros países, los términos de "independencia" e "imparcialidad" sí aparecen expresamente recogidos en la legislación arbitral; como es el caso, por ejemplo, de Alemania, Bélgica, Holanda, Brasil, Turquía, Finlandia, Guatemala, Grecia, Egipto, Japón y España. En otros casos, como el inglés o el sueco, la Ley sólo se refiere expresamente al requisito de la imparcialidad" (4).

 

Sin embargo, por su calidad de "principios", es innecesario que se encuentren recogidos en alguna norma. Así, por ampararse en tal envestidura, corresponde preguntarnos cuál es la naturaleza jurídica de la expresión "principios".Al respecto, ni el lenguaje del legislador, ni en los jueces, ni en la teoría del Derecho, existe un empleo uniforme del mismo.

 

Marcelo López Mesa y Carlos Rigel Videl señalan que los principios generales del Derecho son verdades jurídicas notorias, indubitables, de carácter general, elaboradas o seleccionadas por la ciencia del Derecho (5). Castillo Freyre comenta que los principios generales reúnen tres características, a saber: no admiten excepciones, abarcan una generalidad de situaciones y son la base de una pirámide que no acepta una idea aun más  amplia (6).

 

Asimismo, Diez Picazo afirma que los principios generales del Derecho no son simples ideas, verdades o criterios. Son normas jurídicas  que tienen un carácter básico en la organización del grupo humano y que revelan de modo espontáneo el sistema de convicciones en que reposa esta organización del grupo social (7).

 

Por ello, es indiferente que se hallen expresamente formuladas o que tengan su arraigo en la conciencia social y, si están formuladas, es también indiferente el rango del texto que las ha recogido: simplemente son exigibles. Y no podía ser de otra manera. A verdad de Perogrullo, resultaría un contrasentido hablar de impartir justicia cuando no se es imparcial e independiente frente a las partes.

 

2. Tendencia a definir lo inefable.

 

Existe una gran discusión doctrinaria a propósito de la definición de los principios en cuestión. "Frecuentemente se ha entendido que la "independencia"es un concepto objetivo, apreciable a partir de las relaciones del árbitro con las partes, mientras que la "imparcialidad" apunta más a una actitud o un estado mental del árbitro, necesariamente subjetivo, frente a la controversia que se plantea" (8).

 

Muchos trabajos sobre este mismo tema escudriñan escrupulosamente sobre las diferentes definiciones que la muy dividida doctrina plantea. En otras palabras, algunos pretenden inmiscuirse en dicha investigación a fin de desentrañar las palabras cuyos significados calcen fielmente en la "naturaleza" de dichos principios y, acto seguido, cuando piensan falazmente que lo consiguieron, acometen en imponerlos como suerte de dogmas. Cuestión que, en nuestra opinión, resulta prescindible.

 

Y es que no es posible asumir la existencia de definiciones universales para palabras tan inmensas y abstractas de carácter deontológico. La justicia en la función jurisdiccional lleva como correlato los conceptos de independencia e imparcialidad. Definir "justicia", "independencia" o "imparcialidad"  supone, todas estas palabras por igual, la misma ambigüedad y subjetividad. Cada persona es capaz de entenderlas a su modo, simplemente saben inefables cuando se intenta acertar en conceptos que agraden a todos.

 

3. La dicotomía del ser y el deber ser: problemática en torno al árbitro de parte.

 

Los denominados "árbitros neutrales" son los designados por las partes de común acuerdo o por terceros; en cambio, los "árbitros de parte" son los elegidos por alguna de las partes involucradas en el conflicto. A partir de lo cual,  cierta parte de la Doctrina sugiere que estos últimos, en tanto escogidos por ellas, generan cierta parcialidad para con su parte, ergo, no se les puede exigir la misma rigidez en cuanto a los deberes de imparcialidad e independencia que son, en cambio, de ineludible conducta para quien actué en calidad de Presidente del Tribunal Arbitral.

 

Siguiendo este derrotero, Cantuarias y Aramburú sospechan que la parte interesada tratará de averiguar la opinión del potencial árbitro a propósito del caso. La parte, en caso de no sentirse cómoda, buscará a otro a quien designar (9). Naturalmente, la parte, atendiendo a su posibilidad de elección, perseguirá maximizar su beneficio. Con ello, no parecería extraño, que ambos se vean eventualmente tentados a coludirse.

 

En tal medida, "…nadie, con un mínimo de honestidad intelectual, podrá negar que en la mayoría de casos, las partes designan a "su" árbitro habiendo entablado contactos previos para analizar la conveniencia o no de tal designación. Es más, en gran parte de esos casos, lo que sucede es que las partes buscan "ganar" un representante en el colegiado arbitral…" (10).

 

Esta concepción revela una realidad en donde los "árbitros de parte" menoscaban manifiestamente la Ley General de Arbitraje, la cual exige que todos los árbitros deban de cumplir estos postulados por igual (11). Por ello, se considera que lo mejor sería reconocer en la norma distintos parámetros morales en función a la forma en que han sido designados.

 

"…porque lo contrario podría significar que se recusen absurdamente a los árbitros y se impugnen y anulen los laudos arbitrales por supuestas parcialidades de personas que en la práctica, desde el mismo momento en que fueron propuestas y nombradas como árbitros, no eran neutrales" (12). En este sentido, Latorre señala con énfasis que "es necesario tomar alguna medida que sincere el funcionamiento del arbitraje y no lo llene de postulados que, en la práctica, no se cumplen" (13).

 

Definitivamente, no compartimos la mencionada opinión. Cuando las partes escogen llevar su controversia a un tribunal lo hacen, tradicionalmente, por creer que una decisión colegiada, a diferencia del juicio de una sola persona, es susceptible de menos errores. Pero, si dos árbitros se encuentran parcializados para con sus respectivas partes, y de antemano se sabe que solo una persona será la que se encargue de resolver el conflicto, resulta un sinsentido escoger por este sistema de tres árbitros.

 

En efecto, apostar por una legislación que relativice la imparcialidad y la independencia es a todas luces ineficiente. No tiene propósito que se incurra en mayores costos designando a árbitros que en la realidad no lo son, si es que, finalmente, la responsabilidad recae en el tercer árbitro. Lo racional, entonces, es designar a uno, de modo que se reduzcan los costos de transacción  y, con ello, se aumente la eficiencia.

 

Además, conceptuamos que dicha denominación no debería mellar en lo más mínimo la libertad del árbitro, quien debe mantener siempre su libertad de juicio en la decisión. De lo contrario, incurriríamos en el riesgo de que un tercero llamado a resolver la contienda pueda degenerarse en un abogado de parte, lo cual desnaturalizaría la figura del árbitro en tanto impartidor de justicia.

 

El hecho de que el ser no se ajuste al deber ser no necesariamente supone cambiar a este último. Y aun cuando la realidad sea esquiva, los principios básicos de la función jurisdiccional no deben ser trastocados, incluso cuando parezcan inverosímiles de cumplirse: solo a la luz de estos postulados absolutos es que se puede cuestionar y cambiar la realidad y, a la par, los mismos, en tanto ideales que parecen inalcanzables, garantizan un constante progreso, pues siempre se estará encaminado a una máxima que no contempla límites.

 

Por tanto, la legislación, en este aspecto, no debería cambiar. 

 

4. El deber de revelar la amistad.

 

El deber de información se presenta como un mecanismo que ayuda a la observancia de los principios de independencia e imparcialidad. Dicha obligación se manifiesta en las declaraciones que deben presentar los árbitros acerca de sus posibles conflictos de interés que pudieran afectar su independencia o imparcialidad. En tal sentido, existe un doble propósito: por un lado, garantizar la independencia e imparcialidad y, de otro lado, blindar al proceso de recusaciones futuras que guarden relación con los mismos principios (14).

 

De hecho, no basta con que el árbitro se consideré a sí mismo o simplemente se declare independiente e imparcial, sino que es necesario que aquel manifieste cualquier circunstancia que pueda dar lugar a dudas justificadas sobre su imparcialidad o independencia (15).

 

Así, diversas leyes en el mundo buscan detallar una serie de supuestos de silencio, antes o durante el proceso, que supongan la recusación al implicar ese silencio una duda razonable sobre la imparcialidad o independencia. Hacer exégesis de todos estos supuestos, desborda el objeto del presente artículo; empero, analizaremos uno en particular, este es,  el segundo deber de revelación del numeral 5.3 del Código de Ética de la Cámara de Comercio de Lima, motivados por dos razones: primero, por ser el reglamento del que se desprende la señalada norma de bastante difusión en nuestro país; y segundo, porque dicha norma resulta controvertida en nuestro medio. La cual señala, a saber:

 

"(…) b) El tener relación de amistad íntima o frecuencia en el trato con alguna de las partes, sus abogados, asesores (…)".

 

Es incuestionable decir, como lo hace la norma, que la amistad predisponga al árbitro para con su amigo, que es parte del proceso. En ello no radica la discusión. Distinto es el de la relación de amistad o trato frecuente con algunos de los representantes, abogados o asesores de alguna de las partes del proceso. Lo que sucede es que, tal como se señaló en la introducción, el Arbitraje en el Perú es por el momento muy restringido; por eso, quienes operan en él, al parecer pocos, generan naturalmente amistad, o, en todo caso, son muy propensos a los tratos frecuentes.

 

"De ahí que quienes actúan en él no sólo tienen un trato frecuente, sino que desarrollan amistades poderosas, de donde no es difícil hallar que en un proceso arbitral, todos los actores, con la probable excepción de las partes, o se hayan tratado frecuentemente o sean amigos entre sí. (…) Ello hace que no tenga mayor sentido declarar algo que tiene probabilidad estadística elevada de ocurrir y que es parte de la realidad del arbitraje. (…) Por lo demás, la sospecha de falta de imparcialidad que pudiera sugerir la amistad intima o el trato frecuente entre árbitros, abogados, representantes o asesores de alguna de las partes, no se funda en sólidas razones.(…)En lo que atañe a este extremo de la norma, creemos que el Código de Ética de la Cámara ha reglamentado de espaldas a la realidad"(16).

 

Nos encontramos en desacuerdo. De hecho, la realidad es más compleja que caricaturizar a los operadores del arbitraje en el Perú cual circulo entrañable de amigos. Seamos claros en algo: solo desde que la realidad arroje una sola excepción a la referida impresión -cosa que, por una intuición incluso estadística, ocurre-, es que dicha norma  encuentra razón de ser, puesto que si tal supuesto hipotético existiese ante la ausencia del deber en cuestión, es natural que, al mellarse la imparcialidad en algún sentido, la igualdad de las partes se quebrante, de lo que se desprende la importancia y necesidad del reseñado deber.

 

La norma debe ser leída con criterio de razonabilidad y ser analizada para cada caso en concreto. Por ejemplo: imaginemos que todos los abogados involucrados con un proceso arbitral conocieran al árbitro en un mismo grado de cercanía, digamos "tratos frecuentes", se disolvería con ello la probabilidad de parcialidad y, consecuentemente, no habría necesidad de revelar tal situación; caso contrario, si es que el arbitro guarda mayor relación con alguno de los abogados de parte, por ser este un intimo amigo y aquel un conocido, entonces, en la medida de que ello pueda levantar suspicacias y generar dudas justificadas, le generaría al arbitro el deber de revelarlo.

 

Es evidente: toda persona se complace con el bienestar de sus seres queridos, entre ellos, lo amigos, y, entre los tipos de bienestar, por ejemplo, el profesional. A nuestro juicio, insistimos en que nos parece una obviedad el que el árbitro se pueda ver tentado a predisponerse para con su amigo, representante de alguna parte. En fin.  

 

 

 

 

5. Comentarios finales: la autocomplacencia del árbitro moral.

  

Veamos el siguiente caso. Dos sospechosos son detenidos en cercanías del lugar de un crimen y la policía comienza aplicar las técnicas de interrogatorio por separado. Cada uno de ellos tiene la posibilidad de elegir entre confesar acusando a su compañero, o de no hacerlo. Si ninguno de ellos confiesa, entonces ambos pasarán un año en prisión acusados de cargar un arma sin autorización. Si ambos confiesan y se acusan mutuamente, los dos irán a prisión por diez años cada uno; pero si sólo uno confiesa y acusa a su compañero, en consecuencia, el implicado será condenado a veinte años y, en cambio, el acusador saldrá libre en el acto por colaborar con la policía.

 

Este juego, conocido como el "dilema del prisionero", se manifiesta como el punto de partida de análisis del novel en Economía de 1994, John Forbes Nash. Siguiendo su lógica, se explica que los incentivos planteados por los carceleros son altamente propensos de llevar a cada prisionero a escoger traicionar al otro, pero curiosamente ambos jugadores obtendrían un resultado mejor si colaborasen. Desafortunadamente, cada prisionero está incentivado individualmente para defraudar al otro, incluso tras prometerle colaborar. Este es el punto clave del dilema: cada prisionero persigue maximizar su propio beneficio pero, en vista de la desconfianza mutua, apuestan su suerte por la elección que individualmente sea más beneficiosa. Es con esta misma alegoría que se explica el incumplimiento de grandes contratos entre inmensas transnacionales, generando perdidas innecesaria, lo cual ha resultado ser materia de análisis de diversa tesis de corte económico (17). 

 

De allí que la confianza es un valor altamente importante en las relaciones humanas, incluyendo la económica, por cuanto sin ellas esas interrelaciones aumentarían sus costos, haciéndose excesivamente onerosas. Así, en medio de la frialdad de la sociedad del despilfarro, surge una nueva revaloración de la dimensión ética, de la confianza. De este modo, los profesionales que despierten esa cualidad en otros llevan insito un alto valor agregado.

 

Y el arbitraje no es una excepción dentro de las muchas formas de relaciones humanas y sociales, por lo que resulta de especial importancia los cumplimientos de los principios éticos que lo enmarcan. Ciertamente, en un análisis costo beneficio inmediato, el hecho de coludirse con alguna de las partes en calidad de arbitro es aparentemente racional. Sin embargo, los riesgos de que dicha situación se revele hacen que tal decisión sea muy arriesgada, sino absurda, pues en cuyo caso el coste supone -más aun en un medio como este, en donde, insisto, el círculo de los que operan en el Arbitraje es tan restringido- una especie de estigma inmoral. Con ello, es mucho muy probable, que nunca más se sea designado.

 

Solo cuando el perfil de árbitro ético se sostenga incólume es que se podrá seguir  escalando en el mercado, lo cual, a largo plazo, es extremadamente provechoso. En otras palabras, no escoger por el fraude es un costo de oportunidad que conlleva a ser revalorado día a día, como un profesional en demanda. Por lo tanto, no es dable incurrir en lo ilícito, pues aun cuando no se tengan los deberes inmanentes en la personalidad,  no hacerlo implica autocomplacencia, pues es evidente que los beneficios, producto del cumplimiento de tales principios, resultan ser una inversión que apunta a aspiraciones altas.

 

Notas.

 

(1)Alumno de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Asistente de Cátedra de los cursos de Civil I y de Personas Jurídicas. Ex miembro de la Revista Proceso & Justicia y actual integrante de la Revista Lima Arbitration del Círculo Peruano de Arbitrajes. Secretario Técnico de la Gerencia de Conciliación y Arbitraje del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (Consucode).

 

(2)Este primer párrafo encuentra inspiración en el libro de Castillo Freyre y Ricardo Vásquez Kunze. Véase: CASTILLO FREYRE, Mario y Ricardo VÁSQUEZ KUNSE. El juicio privado: la verdadera reforma de la justicia. Lima, Palestra Editores S.A.C. 2006, pp.17-32. Los autores precisan categóricamente la inexistencia de justicia en el Poder judicial, sin más ni menos, lo que, a nuestro entender, es discutible. Generalizar a toda la judicatura ordinaria con un calificativo peyorativo supone desconocer a tantos jueces, fiscales, abogados, y, en general, de tantos aquellos que pertenecen a la referida Institución, que han demostrado probidad en sus respectivos oficios. Es cierto, no siempre es así, pero, sin duda se sabe que el germen de la injusticia no alcanza a todos. Nosotros, menos contundentes, preferimos sugerir una perdida de confianza, sustentándonos en las varias encuestas realizadas en el país. 

 

(3)De hecho, la creencia de falta de ética en el Poder Judicial del Perú configura el elemento de juicio más significativo que impulsa a resolver las controversias a través del Arbitraje. Con ello, no se pretenda que somos de los que consideran al Arbitraje como el único medio capaz de resolver los conflictos generados por la sociedad. En efecto, la verdadera reforma del país debe solucionar los defectos del Poder Judicial y, a la par, difundir medios privados de solución de conflictos, a saber: la conciliación, la mediación y la negociación. Creemos que estos resultan extremadamente eficientes por llegar al mismo resultado -esto es,  resuelven  la controversia- sin necesidad de recurrir al Poder Judicial o al propio Arbitraje

 

(4)ALONSO, José María. La independencia e imparcialidad de los árbitros. En: Revista Peruana de Arbitraje. Lima, Grijley. 2006, p.98.

 

(5)LOPEZ MESA, Marcelo y Carlos ROGEL VIDEL. La doctrina de los actos propios. Doctrina y Jurisprudencia. Montevideo-Buenos Aires, Editorial Reus y Editorial IB. 2005, p.36.

 

(6)CASTILLO FREYRE, Mario. La teoría de los actos propios. Lima, Palestra Editores. 2006, p. 64.

 

(7)Citado por CASTILLO FREYRE, Mario. Ibid., p.66.

 

(8)ALONSO, José María. Op. Cit., p. 98. Al parecer, Alonso se basa en la siguiente definición: la imparcialidad es "un criterio de subjetivo y difícil de verificar que alude al estado mental de un árbitro. Pretende describir la ausencia de preferencia, o riesgo de preferencia, a una de las partes en el asunto en particular"; la independencia, en cambio, es "un criterio objetivo que se refiere al vínculo que puede existir entre un árbitro y las partes o el asunto objeto de la controversia. Se calificará de independiente a un árbitro que carezca de vínculos próximos, sustanciales, recientes y probados. Claro que el quid reside precisamente en definir que tan próximos, substanciales y recientes tienen que ser dichos vínculos para que un árbitro sea considerado como carente de independencia". Véase: LATORRE BOZA, Derik. Mitos y Quimeras: la neutralidad en el arbitraje. Página web visitada el 23 de febrero. En:http://www.camsantiago.com/html7archivos/espanol/artículos/Recusación_Arbitros_Alejandro_Romero.

doc.

 

(9)CANTUARIAS SALAVERRY, Fernando y Manuel Diego ARAMBURÚ YZAGA. El arbitraje en el Perú: Desarrollo Actual y Perspectivas Futuras. Lima, Fundación M.J. Bustamante De La Puente. 1994, p.295.

 

(10)LATORRE BOZA, Derik. Op. Cit.

 

(11)Art. 18: "Los árbitros no representan los intereses de ninguna de las partes y ejercen el cargo con estricta imparcialidad y absoluta discreción. En el desempeño de sus funciones tienen plena independencia y no están sometidos a orden, disposición o autoridad que menoscabe sus atribuciones, gozando además del secreto profesional".

 

(12)CANTUARIAS SALAVERRY, Fernando y Manuel Diego ARAMBURÚ YZAGA. Op Cit., p.302.

 

(13)LATORRE BOZA, Derik. Op. Cit

 

(14)LATORRE BOZA, Derik. Op. Cit.

 

(15)ALONSO, José María. Op. Cit., p. 100.

 

(16)CASTILLO FREYRE, Mario y Ricardo VÁSQUEZ KUNSE. Op. Cit, p. 160.

 

(17)Véase: POSNER, Richard A. El análisis económico del Derecho. México DF, Fondo de Cultura Económica.1998, pp. 120-136.

 

Bibliografía.

 

1. ALONSO, José María. La independencia e imparcialidad de los árbitros. En: Revista Peruana de Arbitraje. Lima, Grijley. 2006, Segunda Edición.

2. CANTUARIAS SALAVERRY, Fernando y Manuel Diego ARAMBURÚ YZAGA. El arbitraje en el Perú: Desarrollo Actual y Perspectivas Futuras. Lima, Fundación M.J. Bustamante De La Puente. 1994.

3. CASTILLO FREYRE, Mario y Ricardo VÁSQUEZ KUNSE. El juicio privado: la verdadera reforma de la justicia. Lima, Palestra Editores S.A.C. 2006.

4. CASTILLO FREYRE, Mario. La teoría de los actos propios. Lima, Palestra Editores. 2006.

5. LATORRE BOZA, Derik. Mitos y Quimeras: la neutralidad en el arbitraje. Página web visitada el 23 de febrero.En:http://www.camsantiago.com/html7archivos/espanol/artículos/Recusación_Arbitros_Alejandro_Romero.doc.

6. LOPEZ MESA, Marcelo y Carlos ROGEL VIDEL. La doctrina de los actos propios. Doctrina y Jurisprudencia. Montevideo-Buenos Aires, Editorial Reus y Editorial IB. 2005.

7. POSNER, Richard A. El análisis económico del Derecho. México DF, Fondo de Cultura Económica.1998.



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Rodrigo González Fernández
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