lunes, diciembre 30, 2013

masoneria:

Penumbras masónicas –2

A las 10:08 AM, por Daniel Iglesias 
Categorías : Anticatolicismo

Comentario crítico del libro: Fernando Amado, En penumbras. La Masonería uruguaya (1973-2008), Editorial Fin de Siglo, Montevideo, 2008, 9ª edición).

3. La condena de la Iglesia católica a la Masonería

Ahora comentaré el comienzo del Capítulo IV, titulado "La Iglesia católica y su adversario de todas las horas: la Masonería". Citaré el texto del autor en letra itálica, intercalando mis comentarios en letra normal.

"1. ¿Ser católico y ser masón, es posible?
1.1 La condena universal de la Iglesia católica

Lo primero que debemos señalar es que la respuesta a esta pregunta nos introduce en un terreno harto sinuoso, de múltiples y variadas respuestas."
 (p. 77)

En realidad, no es así. Esa pregunta admite sólo dos respuestas: "Sí" (la respuesta masónica) o "No" (la respuesta católica).

"Sin embargo, históricamente la contestación es algo más sencilla, al punto de que, según se dice, hubo varios Papas masones." (Íbidem).

Resulta chocante que en un libro que pretende ser el resultado de una investigación periodística seria, y en el que además se rechaza gratuitamente como mitos o leyendas varias acusaciones contra la masonería, se incluya la absurda afirmación de que "hubo varios Papas masones", basándola únicamente en un "se dice". De un periodista que hace bien su trabajo cabría esperar al menos que indicase la lista de los supuestos "Papas masones" y que apoyase esa lista en –por lo menos– una fuente confiable de información histórica.

"Pero la embestida católica universal contra la Masonería comienza en 1738 cuando se emite la encíclica In eminenti, que instituye la excomunión de todos los católicos que pertenecían o pretendían ingresar a la sociedad secreta conocida como Masonería." (Íbidem).

Aquí el autor parece contradecirse. Es sabido que la masonería moderna nació en 1717, en la ciudad de Londres. Apenas 21 años después, lo cual es poco tiempo para una época en la que el ritmo de los acontecimientos históricos era mucho más lento que el actual, el Papa Clemente XII condenó la masonería, condena que la Iglesia Católica ha mantenido invariablemente desde entonces hasta hoy, a tal punto que el autor (siguiendo el punto de vista masónico) habla de "la embestida católica universal contra la Masonería". ¿Qué espacio queda entonces para los supuestos "Papas masones"? ¿Hubo, según Fernando Amado, varios Papas masones de 1717 a 1738, en la época en que la naciente masonería moderna comenzó a difundirse por Europa y en que Roma tomó conciencia de sus amenazas contra la fe católica? ¿O bien hubo, según Amado, varios Papas masones de 1738 en adelante, Papas que a la vez mantuvieron firmemente la condena papal a la masonería? ¿O quizás Amado se refiere al período anterior a 1717, ignorando que la masonería moderna (nacida en ese año) es sustancialmente diferente de la masonería medieval (que era plenamente católica), asemejándose a ella sólo en algunos aspectos externos, no en su espíritu? Sería interesante saberlo.

Por lo demás, "la embestida católica universal contra la Masonería" (o, como tituló más arriba el mismo autor, "la condena universal de la Iglesia católica" a la masonería) no deja ningún espacio para el "terreno harto sinuoso, de múltiples y variadas respuestas", postulado poco antes por Amado.

Agrego una última precisión: la referida excomunión afecta sólo a los católicos que han ingresado a la masonería, no a los que pretenden hacerlo, según la interpretación rigorista del autor.

4. ¿Católicos y masones a la vez?

Entrevistado por el autor, el Dr. Luis Alberto Lacalle, ex Presidente de la República, declaró lo siguiente: "Antes que nada quiero decir que yo no soy masón;… Tengo por tanto un gran respeto por la institución masónica, y creo que en la versión moderna las antinomias y las prohibiciones que nos alcanzaban a los católicos respecto de la misma han desaparecido, y tengo grandes amigos que son integrantes." (p. 154).

Debo decir que el Dr. Lacalle está mal informado respecto a la actual relación entre el catolicismo y la masonería. A continuación (y hasta el final de este numeral) haré una exposición basada en gran parte en un artículo publicado en Aciprensa, titulado "¿Por qué un católico no puede ser masón?".

A lo largo de su historia la Iglesia católica ha condenado la pertenencia de sus fieles a asociaciones contrarias a la fe cristiana o que podían poner en peligro esa fe. Entre esas asociaciones se encuentra la masonería. Actualmente rige el Código de Derecho Canónico promulgado por el Papa Juan Pablo II el 25 de enero de 1983, el que, en su canon 1374, establece: "Quien se inscribe en una asociación que maquina contra la Iglesia debe ser castigado con una pena justa; quien promueve o dirige esa asociación ha de ser castigado con entredicho".

Esta redacción supuso novedades respecto al Código de 1917, pues no se menciona expresamente a la masonería como asociación que maquina contra la Iglesia. Previendo posibles confusiones, exactamente un día antes de que entrara en vigor el nuevo Código en 1983, fue publicada una declaración firmada por el Cardenal Joseph Ratzinger, Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe. En ella se señala que el criterio de la Iglesia sobre la masonería no ha variado en absoluto con respecto a las anteriores declaraciones, y que la nominación expresa de la masonería se había omitido por incluirla junto a otras asociaciones. Se indica, además, que los principios de la masonería siguen siendo incompatibles con la doctrina de la Iglesia, y que los fieles que pertenezcan a asociaciones masónicas no pueden acceder a la Sagrada Comunión.

La Iglesia ha condenado siempre la masonería. En el siglo XVIII los Papas lo hicieron con mucha fuerza, y en el siglo XIX persistieron en ello. En el Código de Derecho Canónico de 1917 se excomulgaba a los católicos que dieran su nombre a la masonería. En el Código de Derecho Canónico de 1983 desaparece la mención explícita de la masonería, lo que ha podido crear en algunos la falsa opinión de que la Iglesia aprueba o tolera que sus fieles sean masones.

Es difícil hallar un tema sobre el que las autoridades de la Iglesia católica se hayan pronunciado tan reiteradamente como en el de la masonería: desde 1738 a 1980 se conservan no menos de 371 documentos críticos sobre la masonería, a los que hay que añadir las abundantes intervenciones de los dicasterios de la Curia Romana y, a partir sobre todo del Concilio Vaticano II, las no menos numerosas declaraciones de las Conferencias Episcopales y de los Obispos de todo el mundo. Todo ello está indicando que nos encontramos ante una cuestión importante.

Casi desde su aparición, la masonería generó preocupaciones en la Iglesia. Clemente XII, en su encíclica In eminenti (de 1738), condenó a la masonería. Más tarde, León XIII, en su encíclicaHumanum genus (de 1884), la calificó de organización secreta, enemigo astuto y calculador, negadora de los principios fundamentales de la doctrina de la Iglesia.

El canon 2335 del Código de Derecho Canónico de 1917 establecía que "los que dan su nombre a la secta masónica, o a otras asociaciones del mismo género, que maquinan contra la Iglesia o contra las potestades civiles legítimas, incurren ipso facto en excomunión simplemente reservada a la Sede Apostólica".

Este delito consistía en primer lugar en dar el nombre o inscribirse en determinadas asociaciones. En segundo lugar, la inscripción se debía realizar en alguna asociación que maquinase contra la Iglesia: se entendía que maquinaba aquella sociedad que, por su propio fin, ejerce una actividad rebelde y subversiva o la favorece, ya por la propia acción de los miembros, ya por la propagación de la doctrina subversiva; que, de forma oral o por escrito, actúa para destruir la Iglesia –esto es, su doctrina, sus autoridades en cuanto tales o sus derechos– o la legítima potestad civil. En tercer lugar, las sociedades penalizadas eran la masonería y otras del mismo género, con lo cual el Código de Derecho Canónico establecía una clara distinción: mientras que el ingreso en la masonería era castigado automáticamente con la pena de excomunión, la pertenencia a otras asociaciones tenía que ser explícitamente declarada como delictiva por la autoridad eclesiástica en cada caso.

Algunos de los motivos que fundamentaron la condena de la masonería por parte de la Iglesia católica fueron el carácter secreto de la organización, el juramento que garantizaba ese carácter oculto de sus actividades y los complots perturbadores que la masonería llevaba a cabo en contra de la Iglesia y los legítimos poderes civiles. La pena establecía directamente la excomunión, estableciéndose además una pena especial para los clérigos y los religiosos en el canon 2336.

Después del Concilio Vaticano II se produjeron muchos diálogos entre masones y católicos. En algunos países (sobre todo Francia, los países escandinavos, Inglaterra, Brasil y Estados Unidos) se empezó a cuestionar la actitud católica ante la masonería, revisando desde la historia los motivos que llevaron a la Iglesia a adoptar su actitud condenatoria y pretendiendo que se hiciera una mayor distinción entre la masonería regular, tradicional, supuestamente religiosa y apolítica, y la masonería irregular, francamente irreligiosa y política.

Estos motivos, diálogos y debates, y las más o menos constantes peticiones llegadas de varias partes del mundo a Roma, hicieron que, entre 1974 y 1983, la Congregación para la Doctrina de la Fe retomase los estudios sobre la masonería. En este ambiente de cambios, no extraña que el cardenal Krol, arzobispo de Filadelfia, preguntase a la Congregación para la Doctrina de la Fe si la excomunión para los católicos que se afiliaban a la masonería seguía estando en vigor. La respuesta a su pregunta la dio la Congregación a través de su Prefecto, en una carta de 19 de julio de 1974. En ella se explica que, durante un amplio examen de la situación, se había hallado una gran divergencia de opiniones, según los países. La Sede Apostólica no creía oportuno, consecuentemente, elaborar una modificación de la legislación vigente hasta que se promulgara el nuevo Código de Derecho Canónico. Se advertía, sin embargo, en la carta, que existían casos particulares, pero que continuaba la misma pena para aquellos católicos que diesen su nombre a asociaciones que realmente maquinasen contra la Iglesia, mientras que para los clérigos, religiosos y miembros de institutos seculares seguía rigiendo la prohibición expresa para su afiliación a cualquiera de las asociaciones masónicas. Las dudas no tardaron en plantearse: ¿cuál era el criterio para verificar si una asociación masónica conspiraba o no contra la Iglesia?; y ¿qué sentido y extensión debía darse a la expresión "conspirar contra la Iglesia"?

Esta situación algo confusa comenzó a ser aclarada por la declaración del 28 de abril de 1980 de la Conferencia Episcopal Alemana sobre la pertenencia de los católicos a la masonería. Esta declaración explicaba que, de 1974 a 1980, se habían mantenido numerosos coloquios oficiales entre católicos y masones; que por parte católica se habían examinado los rituales masónicos de los tres primeros grados; y que los Obispos católicos habían llegado a la conclusión de que había oposiciones fundamentales e insuperables entre ambas partes: "La masonería –decían los Obispos alemanes– no ha cambiado en su esencia. La pertenencia a la misma cuestiona los fundamentos de la existencia cristiana." Las principales razones alegadas para ello fueron las siguientes: la cosmología o visión del mundo de los masones es relativista y subjetivista y no se puede armonizar con la fe cristiana; el concepto de verdad es, asimismo, relativista, negando la posibilidad de un conocimiento objetivo de la verdad, lo que no es compatible con el concepto católico; también el concepto de religión es relativista y no coincide con la convicción fundamental del cristianismo. El concepto masónico de Dios, simbolizado a través del "Gran Arquitecto del Universo" es de tipo deísta. Este concepto está transido de relativismo y mina los fundamentos de la concepción de Dios de los católicos. Según la doctrina masónica, no hay ningún conocimiento objetivo de Dios en el sentido del Dios personal del monoteísmo.

El 17 de febrero de 1981, la Congregación para la Doctrina de la Fe publicó una declaración en la que afirma de nuevo la excomunión para los católicos que den su nombre a la secta masónica y a otras asociaciones del mismo género, con lo cual, la actitud de la Iglesia acerca de la masonería permanece invariable hasta nuestros días.

A continuación citaré la última "Declaración sobre la Masonería" de la Congregación para la Doctrina de la Fe:

"Se ha presentado la pregunta de si ha cambiado el juicio de la Iglesia respecto de la masonería, ya que en el nuevo Código de Derecho Canónico no está mencionada expresamente como lo estaba en el Código anterior.

Esta Sagrada Congregación puede responder que dicha circunstancia es debida a un criterio de redacción, seguido también en el caso de otras asociaciones que tampoco han sido mencionadas por estar comprendidas en categorías más amplias.

Por tanto, no ha cambiado el juicio negativo de la Iglesia respecto de las asociaciones masónicas, porque sus principios siempre han sido considerados inconciliables con la doctrina de la Iglesia; en consecuencia, la afiliación a las mismas sigue prohibida por la Iglesia. Los fieles que pertenezcan a asociaciones masónicas se hallan en estado de pecado grave y no pueden acercarse a la santa comunión. 

No entra en la competencia de las autoridades eclesiásticas locales pronunciarse sobre la naturaleza de las asociaciones masónicas con un juicio que implique derogación de cuanto se ha establecido más arriba, según el sentido de la Declaración de esta Sagrada Congregación del 17 de febrero de 1981. 

El Sumo Pontífice Juan Pablo II, en la audiencia concedida al cardenal Prefecto abajo firmante, ha aprobado esta Declaración, decidida en la reunión ordinaria de esta Sagrada Congregación, y ha mandado que se publique.

Roma, en la sede de la Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe, 26 de noviembre de 1983."

Esta Declaración está firmada por el Cardenal Prefecto Joseph Ratzinger, luego Papa Benedicto XVI. (Continuará).

Daniel Iglesias Grèzes

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Herramienta online compara ISO 26000, Pacto Mundial y Directrices de la OCDE

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SOMO lanza una nueva herramienta digital que compara la ISO 26000 con el Pacto Mundial de la ONU y las Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales. La herramienta cuenta con una versión descargable que ofrece ampliar la comparación de los instrumentos. 

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La herramienta de comparación proporciona información sobre los instrumentos internacionales de responsabilidad corporativa, en este caso las Directrices de la OCDE, la ISO 26000 y el Pacto Mundial de las Naciones Unidas. 

Si bien puede haber una superposición en los temas que estas iniciativas cubren, SOMO destaca que difieren considerablemente en cuanto a sus aplicaciones, el alcance, los mecanismos de aplicación y las formas de abordar los incumplimientos.

Para ello ha desarrollado una herramienta que permite comparar los tres instrumentos de forma fácil y rápida. Se comparan en una serie de aspectos como objetivos, aplicabilidad y carácter (voluntaria u obligatoria).

Además, la herramienta proporciona información acerca de si el instrumento está acompañado por un mecanismo de seguimiento y/o un procedimiento de reclamación. 

La versión para descargar ofrece más información sobre los antecedentes y el contenido de los instrumentos comparados. También incluye una sección sobre cómo las organizaciones de la sociedad civil pueden utilizar estos instrumentos para promover y hacer cumplir la rendición de cuentas corporativa. 


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agriculturablogger: increible: Más de 500 toneladas de Cereza espera cosechar Aysén esta Temporada

Más de 500 toneladas de Cereza espera cosechar Aysén esta Temporada
30/1/13 - 12:50

Se trata del producto frutícola estrella de la XI Región y una de las actividades más rentables de toda la zona, situada alrededor de Chile Chico. 







Por el eficiente control de heladas desplegado en la zona, el uso de tecnología adecuada y los manejos necesarios para obtener vólumenes importantes de producción en un territorio extremo de Chile, se espera que la región de Aysén coseche en la temporada 2013-2014 más de 500 toneladas de cereza en variedades Bing, Lapins, Kordia y Sweet Heart. 

Así lo indica el investigador de INIA Tamel Aike, Diego Arribillaga, quien recuerda que el desarrollo frutícola en la XI Región partió en 1998, con 12 hectáreas de cerezas en predios de productores de agricultura familiar campesina en Chile Chico, Bahía Jara y Puerto Ibáñez, y que ahora, mediante la irrupción de empresas regionales y nacionales, hay más de 250 há solo en Chile Chico, con un potencial de expansión que supera las 500.

"Existen en la localidad de Chile Chico tres empresas exportadoras, las que disponen de toda la cadena de procesamiento y distribución, para realizar la exportación de fruta fresca desde la Patagonia Chilena, a los principales mercados del mundo", agrega Aike. La producción en este rubro, tiene como principal objetivo mercados como el asiático, norteamericano y europeo, donde el retorno a productor, lo posiciona como una de las alternativas productivas más rentables a nivel regional.


Fuente: El Diario de Aysén



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Senador Pérez (UDI) critica carta escrita por Cristián Monckeberg (RN)

Senador Victor Pérez (UDI) critica carta escrita por Cristián Monckeberg (RN)

El senador UDI Víctor Pérez criticó la carta redactada por el diputado RN Cristián Monckeberg en que se emiten reproches contra el gremialismo, y sostuvo que "para construir una coalición sólida que se amplíe al centro político, resguardando nuestros valores e ideario político, primero tenemos que respetar a nuestros socios y no atacarlos injustificadamente, y menos a través de la prensa".

El parlamentario expresó que "la UDI apoyó y trabajó lealmente con el Presidente Piñera, y habría que revisar cómo militantes, parlamentarios y ex ministros de su propio partido fueron muchas veces su peor oposición".

En esa línea, puntualizó que "nosotros creemos que efectivamente se cometieron errores, pero en su momento hicimos estas críticas en privado e intentamos cambiar el rumbo, pero nos encontramos con unos socios que de vez en cuando nos sorprendieron con acuerdos con la oposición".

Además, pidió a RN "terminar con las recriminaciones, los ataques y las descalificaciones y comenzar a construir una alianza en la que tendremos que ser oposición, pero con vocación de mayoría para recuperar la confianza de los chilenos".

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Conferencia Anual 2014 de ONU-Agua

Conferencia Anual 2014 de ONU-Agua

Del 13 al 16 de enero de 2014 tiene lugar en Zaragoza la Conferencia Anual 2014 de ONU-Agua: "Preparando el Día Mundial del Agua 2014: Alianzas para mejorar el acceso, la eficiencia y la sostenibilidad del agua y la energía".

30 diciembre 2013 |

La Conferencia Anual de ONU-Agua en Zaragoza sirve a ONU-Agua para preparar el Día Mundial del Agua. Esta conferencia forma parte de la hoja de ruta del Día Mundial del Agua 2014 cuyo enfoque es el nexo entre el agua y la energía. El diálogo sobre este tema fue ya iniciado por ONU-Agua durante la Semana Mundial del Agua en Estocolmo.

El agua y la energía (AyE) están estrechamente relacionadas y son interdependientes. Las interrelaciones entre el agua y la energía tienen un importante papel en la agenda del desarrollo post-2015 y en la conceptualización de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). De hecho, existen importantes desafíos, interconexiones y oportunidades para la realización de las sinergias y los beneficios derivados de las respuestas conjuntas relacionadas con el nexo entre el agua y la energía, incluido el diseño de economías verdes y resilientes frente al clima. Las alianzas entre instituciones, organismos y partes interesadas pueden ayudar a la consecución de algunos de estos beneficios.

La Conferencia de Zaragoza irá más allá del concepto "agua para la energía" y/o "energía para el agua", centrándose en un análisis más práctico de cómo las distintas herramientas y alianzas ayudan a desarrollar respuestas conjuntas apropiadas y cuáles son las medidas para la gestión de las compensaciones, la identificación de sinergias y la maximización de los beneficios mutuos. Los debates se centrarán en cómo las alianzas pueden ayudar a poner en práctica respuestas para lograr la eficiencia del agua, la seguridad de su acceso y su sostenibilidad.

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MUJERCHILE: JEANS BLANCOS PARA EL INVIERNO

Jeans blancos en invierno: porque lo dice Naty Abascal

29 de diciembre de 2013 | 14:00 CET

@sneakpeakblog

Editor senior en Trendencias

pantalones blancos

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Hace poco os contaba que Naty Abascal acaba de escribir una guía de estilo a lo Ines de la Fressange en la que comenta todos los tips de estilo que debemos seguir para convertirnos en un icono de estilo como ella. Con motivo de este lanzamiento, son muchas las entrevistas que Naty está dando, en una de ellas leía que el pantalón vaquero blanco es perfecto para invierno, cosa que llevo pensando hace mucho tiempo.
miranda kerr
Parece que la ropa blanca es perfecta para todas las épocas del año pero los pantalones muchos los aparcan en el armario de verano a verano, sobre todo si son de estilo vaquero. Yo pienso que son perfectos en cualquier época del año porque el blanco es un color que combina a la perfección con todos los colores, tanto claros como oscuros por lo que nos será súper fácil encajar cualquie prenda con ellos.
alessandra ambrossio
Las celebrities saben que esto se lleva y eligen los vaqueros de color blanco muy a menudo, hemos podido ver a las modelos Alessandra Ambrossio y Miranda Kerr o a celebridades como Kim kardashian con vaqueros de color blanco en los meses de noviembre y diciembre consiguiendo estilismos perfectos a pesar del frío.
kim kardashian
Casi todas ellas eligen los tonos marrones para combinar estos pantalones que tanto solemos ver en los meses de verano con prendas mucho más coloridas. Es cierto que así igual tengamos una sensación de demasiado verano pero con tonos como los azules marino, los negros y los marrones conseguiremos una sensación de invierno pero con un toque de frescura que lo aporta el blanco del pantalón. Un toque de estilo serán los pantalones rajados, apuntároslo.

Fotos | Gtres 
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En Trendencias | Claves de estilo para ir de shopping: unos pantalones de cuero para los días más helados

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DESDE DIARIO CONSTITUCIONAL

Columna de Alejandro Cárcamo. 
El principio de la reserva legal de delitos y penas en el derecho administrativo sancionador disciplinario. 

El principio de legalidad del delito y la pena, también conocido como principio de reserva legal de delitos y penas, con plena y estricta aplicación en el derecho penal, viene impuesto constitucionalmente por los incisos 7° y 8° del artículo 19 N° 3… [siga leyendo]


Terremoto 2010. 
CS rechazó recurso de casación en el fondo respecto de sentencia que desestimó indemnización de perjuicios. 

Santiago, 30 de diciembre de 2013.

Se interpuso recurso de casación en el fondo en contra de una sentencia de la Corte de Apelaciones de Concepción que confirmó la de primera instancia… [siga leyendo]

Reforma constitucional. 
Moción incorpora regla de proporcionalidad en relación a ley de sueldo mínimo.  

Santiago, 27 de diciembre de 2013.

La moción del senador Navarro comienza dando cuenta de un conjunto de cifras que revelan las importantes desigualdades de ingreso que persisten en nuestro país… [siga leyendo]

No existió en la especie.  
CGR se pronunció sobre aplicación al Presidente de la República de normas que impiden proselitismo. 

Santiago, 27 de diciembre de 2013.

Se consultó a la Contraloría General de la República –por parte del diputado Latorre- acerca de la aplicación al Presidente de la República… [siga leyendo]

Hay precedente. 
Corte Constitucional de Colombia se pronunciará sobre tutela que persigue revertir decisión de prohibir corridas de toros. 

Santiago, 26 de diciembre de 2013.

En el marco de un recurso de revisión de la acción de tutela, la Corte Constitucional de Colombia resolverá… [siga leyendo]

Control obligatorio. 
TC declaró constitucionalidad de normas contenidas en proyecto de ley que sustituye régimen concursal vigente. 

Santiago, 26 de diciembre de 2013.

El TC declaró constitucionalidad de proyecto de ley que sustituye el régimen concursal vigente… [siga leyendo]

En primer trámite.  
Despachan proyecto que crea Subsecretaría de Derechos Humanos. 

Santiago, 26 de diciembre de 2013.

En condiciones de ser analizado por la Sala del Senado quedó el proyecto que crea la Subsecretaría de Derechos Humanos… [siga leyendo]


Primera sala.  
TC se pronunciará sobre admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma que impide constitución de derechos de aprovechamiento de aguas. 

Santiago, 24 de diciembre de 2013.
El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo único de la Ley N° 20.411, que impide la constitución de derechos de aprovechamiento de aguas… [siga leyendo]

Eventuales sanciones. 
Ministra Valdovinos formula cargos contra notaria por firmas de ex candidato presidencial. 

Santiago, 24 de diciembre de 2013.

La Ministra de la Corte de Apelaciones de Santiago, Amanda Valdovinos, cerró la investigación… [siga leyendo]

Segundo trámite.  
Pasa al Senado proyecto que fortalece Ministerio Público.

Santiago, 23 de diciembre 2013.

El proyecto de ley, iniciado por mensaje, y que tiene como propósito mejorar los resultados de la investigación y persecución penal… [siga leyendo]

Vea las noticias de hoy…




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universia Empleados competitivos: ¿Por qué las empresas deben tenerlos?

Empleados competitivos: ¿Por qué las empresas deben tenerlos?

Por: Liliana Llanos - Lun, 30/12/2013

¿Por qué las empresas deben tener empleados competitivos?

Ser competitivo es algo intrínseco al ser humano. Todas las personas, en distinta medida e intensidad, compiten a diario por sobresalir frente a otros, por alcanzar una meta u objetivo o por surgir y llegar más lejos. No obstante, esta condición se exacerba aún más en el ámbito laboral, en donde muchos profesionales se esfuerzan por destacar entre sus pares y, en ocasiones, transformarse en líderes naturales dentro de su organización.

Según Lucas Canevaro, managing director de DNA Human Capitalen los equipos de trabajo la competitividad puede llegar a ser muy positiva puesto que insta a los profesionales "a mejorarse continuamente, mantener un ritmo, punto de referencia y vara altos. A través de ella, las personas buscan superarse a sí mismas y a sus compañeros y, de esta forma, promover un ambiente de búsqueda de excelencia y resultados".

A juicio de Canevaro, tener un compañero altamente competitivo no debiera afectar el trabajo de otros, sino "incentivarnos a mejorar continuamente para satisfacción personal". Agrega que en un contexto de competitividad sana, es recomendable rodearse de profesionales mejores, distintos y más competitivos que uno mismo.

"De esta forma, la competitividad sólo puede ser positiva, aportando valor al profesional tanto en su trabajo actual como en futuros", asegura el especialista.

Para Diego Cardona, profesor titular de la Escuela de Negocios de la Universidad del Rosario y director del Doctorado en Ciencias de la Dirección de esa casa de estudios, la competitividad entre los miembros de un grupo es necesaria en su justa medida, mientras se busque el equilibrio con la cooperación. Esa cooperación debe permitir "la sinergia de talentos individuales en un espacio global e interconectado como en el que hoy se desenvuelven las organizaciones".

Considerando estos aspectos, dice Cardona, las principales ventajas de que las empresas cuenten con empleados competitivos es que "se aseguran los mejores perfiles desde el punto de vista de focalización al resultado, tienen crecimiento sostenido, eficacia en la obtención de resultados, eficiencia en el uso de los recursos y las individualidades se usan en favor de la organización".

Hacia un objetivo común

Así como la competitividad al interior de las organizaciones puede ser muy positiva, Canevaro, de DNA Human Capital, cree que en ocasiones, también puede darse una competitividad negativa "en la cual una persona puede pasar a llevar a sus compañeros de equipo, al proyecto para el que trabaja incluso sobre la empresa con tal de destacar, creando así un mal ambiente laboral".

Cardona coincide con esta opinión al señalar que la competitividad puede generar algunos efectos nocivos en las empresas si no se logran sinergias ni se aprovechan las individualidades en la búsqueda de resultados.

En ese sentido, afirma que las principales desventajas de esta condición se relacionan con que "la organización no avanza en la búsqueda de sus objetivos globales; aunque el crecimiento es sostenido, no necesariamente es sostenible, y las individualidades no se transfieren como ventaja a la organización".

Para revertir esta situación los expertos sugieren que los líderes empresariales redirijan la energía competitiva hacia objetivos en común, para que los miembros del equipo trabajen en pos del proyecto. Añade que una buena estrategia, por ejemplo, sería transformar al competidor en un colaborador mediante del reconocimiento de sus logros y habilidades.

"Al mismo tiempo, hay que relacionar la competitividad al entorno. Dentro de entornos normalmente competitivos y si el enfoque es la carrera, no hay que olvidarse de que los colegas de hoy podrían ser el equipo de mañana. Un buen líder tiene que ser apoyado y reconocido por su equipo", dice Canevaro.

Por su parte, Cardona recalca que en la búsqueda por encausar las individualidades hacia un objetivo común, la visión compartida debe prevalecer sobre los intereses particulares y en estos términos, la presentación de las negociaciones pierde-gana deben dar paso a las negociaciones gana-gana. 

"Sin demeritar la competitividad, es importante que los miembros del grupo identifiquen que los juegos de suma cero en el que alguien gana y otro pierde, propios de la competitividad, son menos rentables en todos los términos que los juegos en los que todos ganan. Ejercicios de concientización, argumentaciones fundamentadas, buenas prácticas, demostración de efectos, entre otras, pueden ser herramientas usadas para lidiar con compañeros competitivos", concluye el académico.

Fuente:

Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
Diplomado en "Gestión del Conocimiento" de la ONU
Diplomado en Gerencia en Administracion Publica ONU
Diplomado en Coaching Ejecutivo ONU( 
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