Por Lourdes Pérez Navarro*
La Habana (PL) Más de un millón 200 mil marinos y trabajadores del mar se benefician con la entrada en vigor del Convenio sobre el Trabajo Marítimo, que establece, de manera precisa, sus derechos a condiciones laborales y de vida decentes y seguras. El 20 de agosto último se puso en vigencia el conocido como MLC, 2006 (por sus siglas en inglés), un instrumento coherente de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que se convierte en el cuarto pilar del régimen jurídico internacional en materia marítima. Este complementa convenios claves de la Organización Marítima Internacional con estándares en materia de condiciones de trabajo y de vida decentes para la gente de mar, de competencia leal para los armadores, y protección de los buques y del medio ambiente marino. La también llamada Carta de derechos de los marineros se aprobó el 23 de febrero de 2006 en la 94 Conferencia Internacional del Trabajo, con 314 votos a favor, ninguno en contra y cuatro abstenciones.
Para que entrase en vigor se exigía un doble requisito: la ratificación por al menos 30 Estados miembros de la OIT que en su conjunto poseyeran como mínimo el 33 por ciento del arqueo bruto de la flota mercante del mundo, esto último alcanzado en 2009. Con la ratificación por parte de Rusia y Filipinas, el 20 de agosto de 2012 se alcanzó la cifra requerida, lo que, al decir del entonces director general de la OIT, Juan Somavia, fue un logro extraordinario.
A estos países les antecedieron Liberia, Islas Marshall, Bahamas, Panamá, Noruega, Bosnia y Herzegovina, España, Croacia, Bulgaria, Canadá, San Vincente y las Granadinas. También Suiza, Benín, Singapur, Dinamarca, Antigua y Barbuda, Letonia, Luxemburgo, Kiribati, Países Bajos, Australia, San Cristóbal y Nieves, Tuvalu, Togo, Polonia, Palau, Suecia y Chipre.
Bajo las prácticas de esta organización, luego de ratificado había que esperar entonces 12 meses para que el acuerdo se convirtiera en vinculante, en virtud del Derecho Internacional. Hasta la fecha, se han comprometido con el Convenio 47 Estados miembros de la OIT, que representan más del 75 por ciento del arqueo bruto de la flota mercante mundial y más del 50 por ciento del total de marinos del mundo. En el caso de los países cuya ratificación se registra después del 20 de agosto de 2012, el MLC, 2006 entrará en vigor un año después de realizado ese acto.
DERECHOS Y PROTECCIÃ"N PARA EL TRABAJO MARÍTIMO El exhaustivo Convenio fija en un solo instrumento (sustituye los 37 Convenios marítimos de la OIT y las Recomendaciones relacionadas adoptadas desde 1920) el derecho de los marineros a condiciones de trabajo decentes en casi todos los aspectos de su entorno laboral y vital. Estos abarcan la edad mínima, acuerdos laborales, horas de descanso, pago de salarios, vacaciones anuales retribuidas, repatriación a término de contrato, atención médica a bordo y uso de servicios privados autorizados de contratación y colocación. También establece disposiciones relacionadas con el alojamiento, la alimentación y el servicio de comidas, la protección de la seguridad y la salud, prevención de accidentes y los procedimientos de tramitación de quejas. A juicio de la directora del Departamento de Normas Internacionales del Trabajo de la OIT, Cleopatra Doumbia-Henry, este Convenio es una demostración de cómo el diálogo tripartito y la cooperación internacional pueden combinarse de manera constructiva. Ello, dijo, permitió "que la más globalizada de las industrias afronte el desafío de garantizar condiciones de trabajo y de vida decentes para los marineros, y al mismo tiempo ayudar a garantizar condiciones de competencia justa para los armadores". EL MLC, 2006 se aplica a todos los buques, de propiedad pública o privada, que se dediquen habitualmente a actividades comerciales, con excepción de las embarcaciones dedicadas a la pesca u otras actividades similares y las de construcción tradicional, como los dhows y los juncos. Especifica, además, que no es de aplicación a los buques de guerra y a las unidades navales auxiliares.
El texto exige que los buques comerciales de arqueo bruto igual o superior a 500 toneladas, regidos por sus disposiciones, si realizan viajes internacionales deberán llevar a bordo documentos específicos para probar el cumplimiento de los requisitos exigidos. Tales escritos estarán sujetos a inspección cuando los buques entren en los puertos de otros países que hayan ratificado el Convenio.
Además, las embarcaciones que enarbolan el pabellón de países que no hayan ratificado el Convenio también estarán sometidas a inspección en lo relativo a las condiciones de trabajo y de vida de los marineros cuando entran en puertos de naciones donde está en vigor, lo cual contribuye a una competencia justa entre armadores. "Aún podemos ver marinos que navegan en buques peligrosos, barcos que contaminan, condiciones de trabajo y de vida muy por debajo de las normas internacionales mínimas. Confío en que el MLC, 2006 pueda contribuir a superar estos desafíos y trace una ruta segura y decente para el futuro", aseveró Doumbia-Henry. La inspección del trabajo marítimo y el sistema de certificación, dijo, representan un progreso importante para la OIT, al tomar medidas concretas a fin de abordar los graves problemas que se plantean debido a la propiedad internacional de los buques y a la incapacidad de algunos países de garantizar que sus barcos cumplan con las normas internacionales para un transporte marítimo de calidad. PERSPECTIVAS DEL CONVENIO
Los países que han ratificado el Convenio coinciden en su voluntad de cumplir las obligaciones contraídas en virtud de un acuerdo con una hoja de ruta para las relaciones laborales de un millón 200 mil personas que trabajan como gente de mar, además de constituir un instrumento que contribuirá a garantizar la calidad del transporte marítimo. Japón está determinado a cumplir fielmente con sus obligaciones, aseguró el consejero de la Misión Permanente de esa nación ante Naciones Unidas, Masakuni Hirashima, al presentar el documento de ratificación el pasado 5 de agosto. A su juicio, este acto representó "un paso importante hacia delante a favor de la causa del Convenio que está mejorando el ambiente de trabajo y a la vez manteniendo reglas del juego justas para el mercado marítimo internacional". Por su parte Emeka C.Wogu, ministro de Trabajo y Productividad de Nigeria, uno de los países que recientemente ratificó la Carta de derechos de la gente de mar, destacó su importancia.
El descubrimiento de petróleo en muchos países de África Occidental, apuntó, ha aumentado las actividades marítimas en esta región, lo que ha hecho más apremiante la ratificación del MLC, 2006, por lo cual este nuevo escenario económico, con sus consecuencias positivas y negativas, exige este sector bien reglamentado. En opinión del director general de la OIT, Guy Ryder, "este Convenio es un hito en la historia marítima", por lo cual exhortó a todos los países con intereses marítimos a que lo ratifiquen, si aún no lo han hecho. Asimismo, urgió a los gobiernos y a los armadores a trabajar eficazmente para aplicar las regulaciones dispuestas en el texto.
En esa misma línea, Doumbia-Henry remarcó cómo ahora incumbe a todos garantizar que la ratificación y aplicación legal se traduzca en las legislaciones y en la práctica. La OIT seguirá trabajando con los gobiernos, con las organizaciones de los marineros y de los armadores y con otros actores importantes de la industria marítima para contribuir con el logro de los objetivos del Convenio, afirmó la especialista. *Periodista de la redacción Económica de Prensa Latina.
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