Otro ejecutivo, esta vez de una importante Compañía de Supermercados me señala que esta interesado en conocer de que se trata el acoso sexual ya que en los Sindicatos y comités paritarios de
COMO DEFINIMOS EL ACOSO SEXUAL
n Conducta de naturaleza sexual, y toda otra conducta basada en el sexo y que afecte a la dignidad de mujeres y hombres, que resulte ingrata, irrazonable y ofensiva para quien la recibe
n Cuando el rechazo de una persona a esa conducta, o su sumisión a ella, se emplea explícita o implícitamente como base para una decisión que afecta al trabajo de esa persona (acceso a la formación profesional o al empleo, continuidad en el empleo, promoción, salario o cualesquiera otras decisiones relativas al empleo) y
n Conducta que crea un ambiente de trabajo intimidatorio, hostil o humillante para quien la recibe
Definición OIT:
“un comportamiento de carácter sexual no deseado por la persona afectada, que incide negativamente en su situación laboral provo-cándole un perjuicio”.
El acoso sexual generalmente se da entre el personal subordinado y un jefe superior, o cualquier persona que tiene un nivel de poder dentro de la empresa, sin embargo puede también ocurrir entre colegas de un mismo nivel.
Definición Legal: (Nuevo Art.2° CT)
“comportamiento por el cual una persona en forma indebida, por cualquier medio, realiza requerimientos de carácter sexual, no consentidos por quien los recibe y que amenazan o perjudican su situación laboral o sus oportunidades en el empleo.
Dictamen 1133/36 del 21 de marzo de 2005:
Las conductas constitutivas de acoso no se encuentran limitadas a acercamientos o contactos físicos.
Incluyen cualquier acción del acosador sobre la víctima que pueda representar un requerimiento de carácter sexual indebido.
Hemos estudiado el derecho comparado y la realidad Chilena .Entonces, hay que prevenir , CONSULTENOS , porque cualquier acción en este sentido en contra de la empresa puede traer consecuencia nefastas difíciles de revertir y para el trabajador o trabajadora se genera un ambiente muy poco agradable de resistir. Saludos Rodrigo González Fernández, consultajuridica.blogspot.com