viernes, octubre 21, 2011

UVA DE MESA : REUNION TECNICA 3 DE NOVIEMNBRE

Atención Valle del Aconcagua!
Reunión técnica dará a conocer resultados inéditos para el rubro uva de mesa
 

uvamesasensrflujodesavia.JPG


uvademesagabriel.JPG


uvamesadeviner.JPG


uvamesalaboratorio.JPG


uvamesaraices.JPG

 

La reunión técnica anual del 3 de noviembre dará a conocer la investigación aplicada que realiza el INIA en conjunto con los agricultores en el Valle del Aconcagua. El grupo de trabajo presentará inéditos resultados los cuales apuntan, entre otros aspectos, a descubrir qué patrones de portainjertos se adecúan mejor a las condiciones físicas de los suelos del valle como asimismo a determinar la frecuencia de riego más adecuada para provocar una mayor productividad de las plantas.

 

El día 3 de noviembre a partir de las 14:00 hrs., en la Asociación de Agricultores de Los Andes, se realizará una reunión técnica anual para la entrega de resultados del proyecto INNOVA –CORFO "Aumento de la productividad y competitividad de la uva de mesa de la Región de Valparaíso de Chile a través del uso de portainjertos tolerantes a suelos con limitaciones físicas y técnicas de manejo agronómico que mejore las condiciones de aireación en la zona de raíces".

Esta actividad es organizada por el Instituto de Investigaciones Agropecuarias y forma parte del proceso de transferencia tecnológica que ha generado el proyecto durante los cuatro primeros años de ejecución.

Esta reunión anual está dirigida a todos los socios del proyecto, productores, exportadores, profesionales, asesores, investigadores y autoridades de entidades públicas relacionados con la industria de uvas de exportación y contará con la participación de destacados expositores.

Hace poco más de 10 años el INIA intervino en el Valle del Aconcagua generando soluciones productivas a los problemas que presentaba este valle. Uno de los primeros problemas que se estudió fue el decaimiento de los parronales, reflejado en la baja productividad y calidad de la fruta. Luego vinieron otras líneas de trabajo relacionadas con el manejo del suelo. Gabriel Sellés, director del proyecto actualmente en ejecución, financiado por Innova Corfo, es uno de los investigadores que, en conjunto con su equipo técnico de terreno, ha generado información relevante para el valle en el rubro uva de mesa. "Nos dimos cuenta que si mejorábamos la características físicas del suelo, como la porosidad, a través de subsolado o mediante el uso de camellones, íbamos a provocar un desarrollo radicular más elevado de los parrones. Por eso, hemos estudiado técnicas de subsolado, técnicas de uso de camellones, manejo biológico del suelo, favoreciendo el desarrollo de la fauna a través de la incorporación de lombrices, etcétera".

Sobre la base de todas estas temáticas, este jueves 3 de noviembre se darán a conocer los resultados de las experiencias obtenidas en estas investigaciones, siendo muy relevante los descubrimientos sobre qué patrones de portainjertos se adecúan mejor a las condiciones físicas de los suelos del valle como asimismo determinar la frecuencia de riego más adecuada para provocar una mayor productividad de las plantas.

Sin duda, uno de los aspectos importantes de este estudio ha sido definir umbrales más adecuados para decidir en qué momento oportuno regar. "Un manejo de riego más distanciado permite una mejor aireación de suelo agotando un 40% de la humedad aprovechable. Llegamos a concordar con los agricultores estrategias de manejo en el sentido que permitieran que el suelo se comportara como un almacén de agua distanciando la frecuencia de riego, lo cual iba a redundar en calidad de la fruta". Se concluyó, por ejemplo, que en el Aconcagua el consumo de agua es del orden de los 9 mil metros cúbicos por hectárea. "Con este consumo de agua, agregó el especialista, los parrones son capaces de suministrar del orden de 3 mil 500 cajas". Estos antecedentes, indica el grupo de expertos, nos estarían dando luces respecto a la Huella del Agua en el Aconcagua por la relación entre el consumo. Estamos llegando al orden de 350 litros por cada kilo de uva exportado".

El conocimiento sobre la estructura del suelo es un tema que también abordó este estudio y que interesaba a los agricultores del valle tomando en cuenta que la uva de mesa se produce en condiciones casi "contra natura", es decir, en suelos con problemas de pH, textura y porosidad. Así, lo afirma Gabriel Sellés: "Siendo los mejores suelos del país, no necesariamente son los más adecuados para producir uva de mesa. Son suelos que tienen tendencia a la compactación, a retener exceso de agua y, por ende, provocar asfixia radicular por el manejo".

Por eso, el uso de equipos y tecnologías tales como sensores de seguimiento continuo de humedad de suelo han servido para ajustar el riego y a la vez, establecer umbrales de riego teniendo como referencia la información que brindan las estaciones meteorológicas instaladas en el valle.

Otros equipamientos utilizados en esta investigación han sido lisímetros y otras tecnologías –algunas muy sofisticadas- para medir el vapor de agua que sale de los parrones o medir el anhídrido carbónico que estos absorben. "Estamos frente a diferentes aspectos de manejo concreto, lo que va a derivar en saber cuál es la captura de carbono, cuál es la distribución que tienen estos carbonos hacia la fruta y cuál va a ser el potencial productivo a que van a llegar los parrones del valle del Aconcagua", dijo Gabriel Sellés.

Lo próximo que se está investigando para el valle, anticipó el especialista, es el estudio de modelos de consumo de agua a través de imágenes satelitales de modo que el agricultor pueda recibir una alerta a partir de información que captan los satélites y así corregir una eventual condición de déficit hídrico que podrían estar sufriendo sus parronales. "Estamos avanzando en información del futuro donde el agricultor pueda conocer su consumo de agua respecto a cómo debiera estar y poder evaluar mejor si tiene que mejorar sus prácticas de riego", asegura Sellés.

Para el logro de este desafío, el equipo de profesionales del INIA se asoció con profesionales de la Universidad de Concepción con quienes se trabaja en la generación de modelos de consumo de agua en el valle a través de imágenes satelitales de tal manera de poder definir parámetros para una mayor eficiencia del agua.

En este proyecto han participado las dos principales asociaciones gremiales de productores: Asociación de Agricultores de San Felipe dirigida por Gonzalo Bulnes y la Asociación de Agricultores de la provincia de Los Andes, dirigida por Humberto Lepe. Además de las empresas exportadoras tales como Agrícola Brown Ltda., Agrícola Don Ernesto Ltda., Agrícola Los Alpes Ltda., las exportadoras Agrofrío, Frusan, Río Blanco y Subsole.

Mayor información con Eliana San Martín, encargada de Comunicaciones del INIA
 La Cruz al e-mail: esanmartin@inia.cl o
 al fono: 33-470390.
 
 
 

Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
Diplomado en "Gestión del Conocimiento" de la ONU
Diplomado en Gerencia en Administracion Publica ONU
Diplomado en Coaching Ejecutivo ONU( 
  • PUEDES LEERNOS EN FACEBOOK
 
 
 
 CEL: 93934521
Santiago- Chile
Soliciten nuestros cursos de capacitación  y consultoría en GERENCIA ADMINISTRACION PUBLICA -LIDERAZGO -  GESTION DEL CONOCIMIENTO - RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL – LOBBY – COACHING EMPRESARIAL-ENERGIAS RENOVABLES   ,  asesorías a nivel nacional e  internacional y están disponibles  para OTEC Y OTIC en Chile

UVA DE MESA : reunión técnica anual del 3 de noviembre

uvamesasensrflujodesavia.JPG


uvademesagabriel.JPG


uvamesadeviner.JPG


uvamesalaboratorio.JPG


uvamesaraices.JPG

-- Atención Valle del Aconcagua!

Reunión técnica dará a conocer resultados inéditos para el rubro uva de mesa

 

La reunión técnica anual del 3 de noviembre dará a conocer la investigación aplicada que realiza el INIA en conjunto con los agricultores en el Valle del Aconcagua. El grupo de trabajo presentará inéditos resultados los cuales apuntan, entre otros aspectos, a descubrir qué patrones de portainjertos se adecúan mejor a las condiciones físicas de los suelos del valle como asimismo a determinar la frecuencia de riego más adecuada para provocar una mayor productividad de las plantas.

 

El día 3 de noviembre a partir de las 14:00 hrs., en la Asociación de Agricultores de Los Andes, se realizará una reunión técnica anual para la entrega de resultados del proyecto INNOVA –CORFO "Aumento de la productividad y competitividad de la uva de mesa de la Región de Valparaíso de Chile a través del uso de portainjertos tolerantes a suelos con limitaciones físicas y técnicas de manejo agronómico que mejore las condiciones de aireación en la zona de raíces".

Esta actividad es organizada por el Instituto de Investigaciones Agropecuarias y forma parte del proceso de transferencia tecnológica que ha generado el proyecto durante los cuatro primeros años de ejecución.

Esta reunión anual está dirigida a todos los socios del proyecto, productores, exportadores, profesionales, asesores, investigadores y autoridades de entidades públicas relacionados con la industria de uvas de exportación y contará con la participación de destacados expositores.

Hace poco más de 10 años el INIA intervino en el Valle del Aconcagua generando soluciones productivas a los problemas que presentaba este valle. Uno de los primeros problemas que se estudió fue el decaimiento de los parronales, reflejado en la baja productividad y calidad de la fruta. Luego vinieron otras líneas de trabajo relacionadas con el manejo del suelo. Gabriel Sellés, director del proyecto actualmente en ejecución, financiado por Innova Corfo, es uno de los investigadores que, en conjunto con su equipo técnico de terreno, ha generado información relevante para el valle en el rubro uva de mesa. "Nos dimos cuenta que si mejorábamos la características físicas del suelo, como la porosidad, a través de subsolado o mediante el uso de camellones, íbamos a provocar un desarrollo radicular más elevado de los parrones. Por eso, hemos estudiado técnicas de subsolado, técnicas de uso de camellones, manejo biológico del suelo, favoreciendo el desarrollo de la fauna a través de la incorporación de lombrices, etcétera".

Sobre la base de todas estas temáticas, este jueves 3 de noviembre se darán a conocer los resultados de las experiencias obtenidas en estas investigaciones, siendo muy relevante los descubrimientos sobre qué patrones de portainjertos se adecúan mejor a las condiciones físicas de los suelos del valle como asimismo determinar la frecuencia de riego más adecuada para provocar una mayor productividad de las plantas.

Sin duda, uno de los aspectos importantes de este estudio ha sido definir umbrales más adecuados para decidir en qué momento oportuno regar. "Un manejo de riego más distanciado permite una mejor aireación de suelo agotando un 40% de la humedad aprovechable. Llegamos a concordar con los agricultores estrategias de manejo en el sentido que permitieran que el suelo se comportara como un almacén de agua distanciando la frecuencia de riego, lo cual iba a redundar en calidad de la fruta". Se concluyó, por ejemplo, que en el Aconcagua el consumo de agua es del orden de los 9 mil metros cúbicos por hectárea. "Con este consumo de agua, agregó el especialista, los parrones son capaces de suministrar del orden de 3 mil 500 cajas". Estos antecedentes, indica el grupo de expertos, nos estarían dando luces respecto a la Huella del Agua en el Aconcagua por la relación entre el consumo. Estamos llegando al orden de 350 litros por cada kilo de uva exportado".

El conocimiento sobre la estructura del suelo es un tema que también abordó este estudio y que interesaba a los agricultores del valle tomando en cuenta que la uva de mesa se produce en condiciones casi "contra natura", es decir, en suelos con problemas de pH, textura y porosidad. Así, lo afirma Gabriel Sellés: "Siendo los mejores suelos del país, no necesariamente son los más adecuados para producir uva de mesa. Son suelos que tienen tendencia a la compactación, a retener exceso de agua y, por ende, provocar asfixia radicular por el manejo".

Por eso, el uso de equipos y tecnologías tales como sensores de seguimiento continuo de humedad de suelo han servido para ajustar el riego y a la vez, establecer umbrales de riego teniendo como referencia la información que brindan las estaciones meteorológicas instaladas en el valle.

Otros equipamientos utilizados en esta investigación han sido lisímetros y otras tecnologías –algunas muy sofisticadas- para medir el vapor de agua que sale de los parrones o medir el anhídrido carbónico que estos absorben. "Estamos frente a diferentes aspectos de manejo concreto, lo que va a derivar en saber cuál es la captura de carbono, cuál es la distribución que tienen estos carbonos hacia la fruta y cuál va a ser el potencial productivo a que van a llegar los parrones del valle del Aconcagua", dijo Gabriel Sellés.

Lo próximo que se está investigando para el valle, anticipó el especialista, es el estudio de modelos de consumo de agua a través de imágenes satelitales de modo que el agricultor pueda recibir una alerta a partir de información que captan los satélites y así corregir una eventual condición de déficit hídrico que podrían estar sufriendo sus parronales. "Estamos avanzando en información del futuro donde el agricultor pueda conocer su consumo de agua respecto a cómo debiera estar y poder evaluar mejor si tiene que mejorar sus prácticas de riego", asegura Sellés.

Para el logro de este desafío, el equipo de profesionales del INIA se asoció con profesionales de la Universidad de Concepción con quienes se trabaja en la generación de modelos de consumo de agua en el valle a través de imágenes satelitales de tal manera de poder definir parámetros para una mayor eficiencia del agua.

En este proyecto han participado las dos principales asociaciones gremiales de productores: Asociación de Agricultores de San Felipe dirigida por Gonzalo Bulnes y la Asociación de Agricultores de la provincia de Los Andes, dirigida por Humberto Lepe. Además de las empresas exportadoras tales como Agrícola Brown Ltda., Agrícola Don Ernesto Ltda., Agrícola Los Alpes Ltda., las exportadoras Agrofrío, Frusan, Río Blanco y Subsole.

Mayor información con Eliana San Martín, encargada de Comunicaciones del INIA La Cruz al e-mail: esanmartin@inia.cl o al fono: 33-470390.

 

 

 

 

Eliana San Martín C.

Encargada de Comunicaciones

INIA La Cruz, Región de Valparaíso

 

Chorrillos 86

33-470390

www.inia.cl

Fuente:

Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
Diplomado en "Gestión del Conocimiento" de la ONU
Diplomado en Gerencia en Administracion Publica ONU
Diplomado en Coaching Ejecutivo ONU( 
  • PUEDES LEERNOS EN FACEBOOK
 
 
 
 CEL: 93934521
Santiago- Chile
Soliciten nuestros cursos de capacitación  y consultoría en GERENCIA ADMINISTRACION PUBLICA -LIDERAZGO -  GESTION DEL CONOCIMIENTO - RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL – LOBBY – COACHING EMPRESARIAL-ENERGIAS RENOVABLES   ,  asesorías a nivel nacional e  internacional y están disponibles  para OTEC Y OTIC en Chile

Carlos Larraín califica de espectáculo lo vivido en el Congreso y solicita censura a Girardi

Carlos Larraín califica de espectáculo lo vivido en el Congreso y solicita censura a Girardi

Viernes 21 octubre 2011 | 12:23

Publicado por Javier Cisterna | La Información es de Katherine Maldonado •  68visitas

Durante una visita en Valdivia el senador por la zona y presidente de Renovación Nacional, Carlos Larraín, se refirió a lo sucedido en la ex sede del Congreso en Santiago en la tarde de este jueves, calificándolo como un espectáculo que indica el desprecio que existe por las instituciones.

El timonel de RN indicó que no se puede pretender que una comisión donde se estudia el presupuesto 2012, se realice en un escenario como el de ayer.

Larraín calificó como un error grave de Guido Girardi haber respaldado la "toma", ya que él debe resguardar la institución que preside y que el ambiente de trabajo sea tranquilo.

Comentó además que procede en este caso solicitar la censura del presidente del Senado, aunque se pierda, ya que hay que demostrar que sus pares no están de acuerdo con la decisión.

Finalmente el senador por Los Ríos y la provincia de Osorno señaló que situaciones como las vividas hay que frenarlas, porque se puede llegar a la "democracia directa" donde todos opinan, y de esta forma se va a terminar perdiendo el respeto por las instituciones.

Fuente:

Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
Diplomado en "Gestión del Conocimiento" de la ONU
Diplomado en Gerencia en Administracion Publica ONU
Diplomado en Coaching Ejecutivo ONU( 
  • PUEDES LEERNOS EN FACEBOOK
 
 
 
 CEL: 93934521
Santiago- Chile
Soliciten nuestros cursos de capacitación  y consultoría en GERENCIA ADMINISTRACION PUBLICA -LIDERAZGO -  GESTION DEL CONOCIMIENTO - RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL – LOBBY – COACHING EMPRESARIAL-ENERGIAS RENOVABLES   ,  asesorías a nivel nacional e  internacional y están disponibles  para OTEC Y OTIC en Chile

Espina: "Girardi debe ser censurado y destituido"

Espina: "Girardi debe ser censurado y destituido"

El senador de Renovación Nacional se refirió a las palabras del presidente del Senado y a su decisión de no permitir el ingreso de Carabineros a la sede del Congreso en Santiago.

21/10/2011 - 08:25

El senador RN Alberto Espina, se refirió esta mañana a los hechos ocurridos la tarde del jueves en la sede del Congreso en Santiago, donde un grupo de manifestantes interrumpió el debate por el Presupuesto de Educación 2012, que presidía el ministro Felipe Bulnes.

Respecto a la decisión de Girardi de no permitir el ingreso de Carabineros al lugar para desalojar a los manifestantes, y a sus dichos respecto al manejo que ha tenido el Gobierno del conflicto educacional, Espina señaló a Canal 13 que éste "debe ser censurado y destituido".

Según Espina, Girardi "plantea una falsa dicotomía de diálogo y represión", agregando que sus dichos son "una falta a la verdad".

"En ninguna parte del mundo las instituciones dejan de funcionar porque un grupo de violentistas se sube a las mesas, las golpea, se las toma", agregó el senador.

Fuente:

Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
Diplomado en "Gestión del Conocimiento" de la ONU
Diplomado en Gerencia en Administracion Publica ONU
Diplomado en Coaching Ejecutivo ONU( 
  • PUEDES LEERNOS EN FACEBOOK
 
 
 
 CEL: 93934521
Santiago- Chile
Soliciten nuestros cursos de capacitación  y consultoría en GERENCIA ADMINISTRACION PUBLICA -LIDERAZGO -  GESTION DEL CONOCIMIENTO - RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL – LOBBY – COACHING EMPRESARIAL-ENERGIAS RENOVABLES   ,  asesorías a nivel nacional e  internacional y están disponibles  para OTEC Y OTIC en Chile

historia del wisky la bebida a partir de cebada

¿quien no ha bebido un wisky?
 
historia del wisky la bebida a partir de cebada

Historia del whisky.jpg

El es una bebida alcohólica destilada a partir de mosto fermentado de cereales como la cebada, centeno, y maíz. El whisky es envejecido en barricas de madera, hechas generalmente de roble blanco. Si quieren saber más acerca de ésta bebida les propongo conocer un poco más de la historia del whisky.

Whisky o whiskey es un anglonización del nombre Goidelic (del irlandés: uisce beatha y del gaélico escocés: uisge beatha) que literalmente significa "agua de vida".

En Irlanda de 1405, aparece el primer registro escrito de whisky en el cual se describe la muerte de un cacique en la Navidad por "tomar en exceso aqua vitae". En Escocia, la primera evidencia de la producción de whisky es de 1494, donde la malta se envía "a fray Juan Cor, por orden del rey, para hacer aquavitae".

whisky_8.jpg

El arte de la destilación

Se inició con los babilonios de Mesopotamia, en el segundo milenio antes de Cristo. Ellos lo hacían con perfumes y aromas mucho antes de que se empezara con los aguardientes. La destilación fue traída de África a Europa por los árabes y su uso se extendió a través de los monasterios. En gran medida se empleaba con fines medicinales, tales como el tratamiento de cólicos, parálisis y la viruela.

Entre 1100 y 1300 la destilación llegó a Irlanda y Escocia. Como en las islas habían pocas uvas con las que hacer el vino, se comienza a hacer de cebada que posteriormente termina en el desarrollo de whisky.

Años más tarde, en 1725, el impuesto inglés a la malta llevó a que el whisky se comenzara a elaborar en la clandestinidad. En la noche, cuando la oscuridad se oculta, el humo sale de los alambiques, razón por la cual la bebida fue conocida como moonshine o luz de la luna.

whiskey-barrels.jpg

En 1823, el Reino Unido aprobó la Ley de Impuestos Especiales y la legalización de la destilación a través de un impuesto, lo que puso fin a las destilerías clandestinas que funcionaban a la luz de la luna.

En 1826 Robert Stein inventó una nueva forma de destilar a través de las columnas de destilación lo que permitió hacerlo de forma más barata y eficiente.

Por la década de 1880, la industria de brandy francés fue devastada por la plaga de la filoxera que arruinó gran parte de la cosecha de la uva. Esto ayudó a que el whisky se convirtiera en la bebida principal de muchos mercados.

scotch-whisky-experience-museo.jpg

Un dato curioso

Durante la era de la prohibición de Estados Unidos, que duró de 1920 a 1933, todas las ventas de alcohol fueron prohibidas en el país, pero el gobierno federal hizo una excepción para el whisky. El mismo podía ser comercializado si era prescrito por un médico y se vendía en las farmacias con licencia. Durante este tiempo, la cadena de farmacias Walgreens creció de 20 tiendas a cerca de 400.

Si quieren seguir conociendo un poco más sobre el whisky no pueden dejar de ver los diferentes tipos de esta bebida tan particular.


 

Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
Diplomado en "Gestión del Conocimiento" de la ONU
Diplomado en Gerencia en Administracion Publica ONU
Diplomado en Coaching Ejecutivo ONU( 
  • PUEDES LEERNOS EN FACEBOOK
 
 
 
 CEL: 93934521
Santiago- Chile
Soliciten nuestros cursos de capacitación  y consultoría en GERENCIA ADMINISTRACION PUBLICA -LIDERAZGO -  GESTION DEL CONOCIMIENTO - RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL – LOBBY – COACHING EMPRESARIAL-ENERGIAS RENOVABLES   ,  asesorías a nivel nacional e  internacional y están disponibles  para OTEC Y OTIC en Chile

CORTE SUPREMA RECHAZA RECURSOS DE PROTECCIÓN POR FUNDICIÓN VENTANAS

CORTE SUPREMA RECHAZA RECURSOS DE PROTECCIÓN POR FUNDICIÓN VENTANAS

La Corte Suprema rechazó los recursos de protección presentado por las comunidades de La Greda, Las Ventanas, Campiche, La Chocota, Horcón y Mallén por supuesta contaminación de la Fundición  Ventanas de Codelco-Chile.

 

En fallo unánime (causa rol 5370-2011), los ministros de la Tercera Sala del máximo tribunal Adalis Oyarzún, Pedro Pierry, Sonia Araneda, Haroldo Brito y el abogado integrante Ricardo Peralta, ratificaron el fallo de la Corte de Apelaciones de Valparaíso que había rechazado las acciones cautelares.

 

La sentencia determina que en el caso del episodio registrado el 23 de marzo pasado, la propia empresa y la autoridad respctiva han adoptado las medidas para evitar nuevos episodios de emanaciones de gases.

 

"Es útil destacar que la propia recurrida paralizó la fundición y sólo reanudó su funcionamiento una vez superados los problemas que se presentaron en la referida ocasión. Es más, durante la tramitación de este procedimiento la recurrida ha acompañado mensualmente informes sobre calidad del aire en la zona, extendidos por la Empresa SGS Chile Limitada (el último agregado a fojas 959), observándose de estos que las concentraciones de anhídrido sulfuroso y material particulado están por debajo de las normas de rigor, sin que ninguno de los actores haya desmentido tal información o la haya cuestionado. Además por la circunstancia puntual del día 23 de marzo, la autoridad sanitaria inició un sumario sanitario que se encuentra concluido con resolución sancionatoria", dice la resolución.

 

"Estos antecedentes demuestran que las medidas cautelares que pretenden los actores, entre otras la paralización de la fundición, atendidos los hechos denunciados, esto es, liberación de una nube tóxica de dióxido de azufre el día 23 de marzo pasado, no son necesarias, pues los índices de la calidad del aire en la zona están dentro de los rangos permitidos y los niños evaluados no presentan niveles de plomo o arsenio superiores a aquellos que se estiman nocivos. Por otra parte, la autoridad de salud actualmente desarrolla un estudio acerca de la salud de los menores, el que seguramente permitirá adoptar medidas de carácter permanente, sin perjuicio de las sugerencias formuladas en el informe de fojas 949, que precisamente competen a la autoridad sanitaria y no a la recurrida", agrega el fallo.

 

Respecto de la contaminación general de la zona, la resolución sostiene que ésta viene de larga data y que no es posible establecer que la Fundición Ventanas sea la fuente única de emanaciones.

 

"Que las medidas que en sede de protección pueden adoptarse tienen como objeto reponer a los afectados en el legitimo ejercicio de sus derechos, esto es, en lo fundamental, adoptar medidas de urgencia. Es claro que Codelco superó el episodio del día 23 de marzo, y que no se ha demostrado que la Planta funcione transgrediendo normas, razones por las que no se adoptarán las que han sido solicitadas. En estas condiciones debe mantenerse la declaración del fallo en alzada en cuanto a no existir acto ilegal o arbitrario (…) Finalmente no puede menos que reiterarse que esta acción de protección también está relacionada con la situación general de la zona, la que no puede ser revertida como consecuencia de los hechos de autos, más aún cuando la recurrida no es la única empresa que incide en la grave condición medioambiental del sector".

CORTE SUPREMA RECHAZA RECURSOS DE PROTECCIÓN POR FUNDICIÓN VENTANAS

La Corte Suprema rechazó los recursos de protección presentado por las comunidades de La Greda, Las Ventanas, Campiche, La Chocota, Horcón y Mallén por supuesta contaminación de la Fundición  Ventanas de Codelco-Chile.

 

En fallo unánime (causa rol 5370-2011), los ministros de la Tercera Sala del máximo tribunal Adalis Oyarzún, Pedro Pierry, Sonia Araneda, Haroldo Brito y el abogado integrante Ricardo Peralta, ratificaron el fallo de la Corte de Apelaciones de Valparaíso que había rechazado las acciones cautelares.

 

La sentencia determina que en el caso del episodio registrado el 23 de marzo pasado, la propia empresa y la autoridad respctiva han adoptado las medidas para evitar nuevos episodios de emanaciones de gases.

 

"Es útil destacar que la propia recurrida paralizó la fundición y sólo reanudó su funcionamiento una vez superados los problemas que se presentaron en la referida ocasión. Es más, durante la tramitación de este procedimiento la recurrida ha acompañado mensualmente informes sobre calidad del aire en la zona, extendidos por la Empresa SGS Chile Limitada (el último agregado a fojas 959), observándose de estos que las concentraciones de anhídrido sulfuroso y material particulado están por debajo de las normas de rigor, sin que ninguno de los actores haya desmentido tal información o la haya cuestionado. Además por la circunstancia puntual del día 23 de marzo, la autoridad sanitaria inició un sumario sanitario que se encuentra concluido con resolución sancionatoria", dice la resolución.

 

"Estos antecedentes demuestran que las medidas cautelares que pretenden los actores, entre otras la paralización de la fundición, atendidos los hechos denunciados, esto es, liberación de una nube tóxica de dióxido de azufre el día 23 de marzo pasado, no son necesarias, pues los índices de la calidad del aire en la zona están dentro de los rangos permitidos y los niños evaluados no presentan niveles de plomo o arsenio superiores a aquellos que se estiman nocivos. Por otra parte, la autoridad de salud actualmente desarrolla un estudio acerca de la salud de los menores, el que seguramente permitirá adoptar medidas de carácter permanente, sin perjuicio de las sugerencias formuladas en el informe de fojas 949, que precisamente competen a la autoridad sanitaria y no a la recurrida", agrega el fallo.

 

Respecto de la contaminación general de la zona, la resolución sostiene que ésta viene de larga data y que no es posible establecer que la Fundición Ventanas sea la fuente única de emanaciones.

 

"Que las medidas que en sede de protección pueden adoptarse tienen como objeto reponer a los afectados en el legitimo ejercicio de sus derechos, esto es, en lo fundamental, adoptar medidas de urgencia. Es claro que Codelco superó el episodio del día 23 de marzo, y que no se ha demostrado que la Planta funcione transgrediendo normas, razones por las que no se adoptarán las que han sido solicitadas. En estas condiciones debe mantenerse la declaración del fallo en alzada en cuanto a no existir acto ilegal o arbitrario (…) Finalmente no puede menos que reiterarse que esta acción de protección también está relacionada con la situación general de la zona, la que no puede ser revertida como consecuencia de los hechos de autos, más aún cuando la recurrida no es la única empresa que incide en la grave condición medioambiental del sector".

 



Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
Diplomado en "Gestión del Conocimiento" de la ONU
Diplomado en Gerencia en Administracion Publica ONU
Diplomado en Coaching Ejecutivo ONU( 
  • PUEDES LEERNOS EN FACEBOOK
 
 
 
 CEL: 93934521
Santiago- Chile
Soliciten nuestros cursos de capacitación  y consultoría en GERENCIA ADMINISTRACION PUBLICA -LIDERAZGO -  GESTION DEL CONOCIMIENTO - RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL – LOBBY – COACHING EMPRESARIAL-ENERGIAS RENOVABLES   ,  asesorías a nivel nacional e  internacional y están disponibles  para OTEC Y OTIC en Chile

CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO CONDENA POR USURA A REPRESENTANTES DE FINANCIERA EUROLATINA

CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO CONDENA POR USURA A REPRESENTANTES DE FINANCIERA EUROLATINA

Ver fallo (PDF)

 


La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a los hermanos Pedro y Marcos Elgueta Cárcamo y a Cristián Cisternas Figueroa por el delito de usura, en 228 casos ligados a la financiera informal Eurolatina.

 

En fallo dividido (causa rol 3429-2009), los ministros Cornelio Villarroel, Dobra Lusic y el abogado integrante Enrique Pérez, determinaron que los tres sentenciados deben cumplir la pena de 5 años y un día de presidio, sin beneficios, como autores de los delitos reiterados, cometidos entre los años 1993 y 2000. Además, se los sentenció a pagar una multa de 20 Unidades Tributarias Mensuales y las costas del proceso.

 

Los jueces de segunda instancia revocaron la decisión del ministro en visita Juan Cristóbal Mera que, el 23 de septiembre de 2009, había absuelto a los tres condenados de su responsabilidad en los delitos de usura y estafa.

 

El fallo determina que los tres condenados, responsables de la financiera Eurolatina, excedieron los márgenes del actuar legítimo, en los casos de operaciones comerciales de crédito, al establecer cláusulas de aceleración que permitían el cobro total de los préstamos efectuados.

 

"Si bien la 'Cláusula de aceleración' faculta al acreedor para anticipar el cobro de todas las cuotas aún no vencidas de un mutuo concedido para ser pagado sucesivamente en el tiempo, e incluso para imponer a cada cuota futura el interés que se encuadre dentro de los márgenes y limitaciones legales, al entablar demanda para el cobro de las cuotas impagas no puede sin embargo el acreedor, no obstante la Cláusula de aceleración, cobrar los intereses de cada cuota, desde que éstos aún no se han devengado, y desde que la aceleración solamente tiene por objeto la anticipación del pago del capital restringidamente. Los llamados 'gastos operacionales', en la medida en que no se les haya determinado en cuanto a su naturaleza y monto, no forman parte del capital ni de monto alguno a cargo del deudor o mutuario, por lo que en suma y en esencia sólo tiene la significación de un interés indebido que se ha adicionado de modo irregular e ilegítimo al capital. Además, y si, como consta en determinados casos particulares se ha acreditado que el mutuario ha intentado pagar una cuota negándose la Sociedad acreedora a percibir su monto, ha incurrido en un acto propio de renuencia al pago que no puede servir de soporte ni base alguna para considerar impaga la cuota respectiva, ni menos como un antecedente para  acelerar el pago de las cuotas sucesivas", dice el fallo.

 

Y agrega que "habiendo excedido Eurolatina de modo ilegítimo el máximo de los intereses que correspondía aplicar al capital efectivamente entregado al mutuario, los representantes de dicha sociedad han incurrido en la figura penal que describe y sanciona el antes indicado artículo 462 del Código Penal, habiéndose acreditado la participación de los tres procesados en dicho delito del modo que ya se ha señalado en los respectivos Fundamentos de la sentencia de primer grado".

 

Además, el fallo sostiene que "si bien en algunos Informes Periciales se concluyó que Eurolatina no aplicó los intereses usurarios de cuyo cobro se la ha acusado, no es menos cierto que esta Corte, atendido el mérito de todos los antecedentes recogidos en el estudio de segundo grado, ha llegado a la conclusión inequívoca de que los intereses cobrados por Eurolatina excedieron los máximos legales al incluir rubros que no podían de hecho constituir lo que propiamente es en el derecho bancario y comercial el 'interés' de una operación de esta especialidad (…) Al respecto valga recordar, como los deudores, aparte de no tener capacidad económica, incluso tenían deudas como por ejemplo de impuesto territorial, los que incluso fueron absorbidos en su caso por Eurolatina, conclusión que no puede ser más evidente de la absoluta incapacidad del cliente para servir un crédito en cuotas cuyo monto superaba también en muchos casos la cantidad mensual de sus ingresos, su situación de cesantía, de enfermedad, o el monto de su pensión y ancianidad".

 

Asimismo, se acogieron las demandas civiles presentadas por los demandantes, ordenando reestablecer los dineros de los denominados gastos operacionales, de acuerdo al siguiente criterio: "los 'gastos operacionales' habrían comprendido los rubros de tasación de la propiedad, viabilidad del crédito, estudio de títulos, saneamiento de títulos si fuese necesario, redacción de la escritura de hipoteca y prohibición, valor del impuesto de timbres y estampillas, escritura de constitución de hipoteca y prohibición, autorización de firma en el Pagaré, inscripción de la garantía hipotecaria con la respectiva prohibición en el Conservador de Bienes Raíces, y cualquier otro gasto en que la entidad crediticia haya debido incurrir para el otorgamiento del crédito y la adecuada inscripción de las garantías, todos los cuales rubros constituyen precisamente el excedente cobrado por los prestamistas y que configuran el basamento del delito de usura previsto en el artículo 472 del Código Penal".

 

La resolución se adoptó con el voto en contra del ministro Villarroel, quien estuvo por condenar a los tres sentenciados a 10 años y un día de presidio por su responsabilidad en los delitos de usura y estafa reiterados para el mismo periodo.

 

"Habiendo los acusados cometido sucesivamente dos clases de delitos distintos, primero el de estafa y luego el de usura, ambos en el carácter de reiterados, corresponde a juicio del discrepante se aplique esta última disposición legal para imponer la pena que propone para cada uno de los encausados. En efecto, la comisión de los delitos de estafa y de usura se ha llevado a cabo aquí de manera independiente y sucesiva. Lo que  interesa es  que los resultados sean independientes, aunque en la imposición de la penas –por razones de política criminal y siempre mirando el mejor interés de los procesados-, el método no conduzca a una pena que matemáticamente según los parámetros de la ley pueda conducir a una sanción excesiva y desproporcionada, lo que ya Carrara advertía podía ser constitutivo de un rigor innecesario por parte del Estado, desde que la imposición de la pena no podía ir más allá de la necesidad de la legítima defensa social. Ello, no obstante la enorme cantidad de delitos y la multiplicidad increíble y elocuente de familias enteras perjudicadas con las acciones llevadas a cabo por Eurolatina a través de sus personeros", dice el magistrado disidente.

 

Y agrega que "no cabe duda al suscrito que los representantes de Eurolatina, aprovechándose de la ignorancia, de la candidez, de la buena fe, de la necesidad económica y del apuro extremo en superar transitoriamente infortunios económicos insuperables, llegó a convencer a una gran masa de necesitados sin respaldo económico de ningún orden a contraer compromisos que desde el inicio se vislumbraban imposibles de cumplir, desde que en la mayoría de los casos el monto de cada cuota era superior a la entrada mensual que cada deudor hipotecario tenía para su subsistencia. Solo mediante el cumplimiento irrestricto de la normativa constitucional, legal y moral habría podido materializar Eurolatina la garantía que le asegura el artículo 19 N°21 de la Constitución Política de la República, al disponer ésta que ella garantiza a todas las personas "el derecho a desarrollar cualquiera actividad económica que no sea contraria a la moral, al orden público o a la seguridad nacional, respetando las normas legales que la regulen" (…) no se advierte que haya habido de parte de Eurolatina la voluntad real de servir a los mutuarios sino el exclusivo propósito de adueñarse de los inmuebles de éstos mediante un procedimiento sólo aparentemente legal y cuya satisfacción, por parte de los mutuarios, se veía imposible de cumplir desde el más inicial comienzo de las negociaciones y tratos preliminares".

 

El magistrado, además, estimó que se debían anular todos los contratos firmados entre los querellantes y Eurolatina al considerarlos viciados.

 

CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO CONDENA POR USURA A REPRESENTANTES DE FINANCIERA EUROLATINA

Ver fallo (PDF)

 


La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a los hermanos Pedro y Marcos Elgueta Cárcamo y a Cristián Cisternas Figueroa por el delito de usura, en 228 casos ligados a la financiera informal Eurolatina.

 

En fallo dividido (causa rol 3429-2009), los ministros Cornelio Villarroel, Dobra Lusic y el abogado integrante Enrique Pérez, determinaron que los tres sentenciados deben cumplir la pena de 5 años y un día de presidio, sin beneficios, como autores de los delitos reiterados, cometidos entre los años 1993 y 2000. Además, se los sentenció a pagar una multa de 20 Unidades Tributarias Mensuales y las costas del proceso.

 

Los jueces de segunda instancia revocaron la decisión del ministro en visita Juan Cristóbal Mera que, el 23 de septiembre de 2009, había absuelto a los tres condenados de su responsabilidad en los delitos de usura y estafa.

 

El fallo determina que los tres condenados, responsables de la financiera Eurolatina, excedieron los márgenes del actuar legítimo, en los casos de operaciones comerciales de crédito, al establecer cláusulas de aceleración que permitían el cobro total de los préstamos efectuados.

 

"Si bien la 'Cláusula de aceleración' faculta al acreedor para anticipar el cobro de todas las cuotas aún no vencidas de un mutuo concedido para ser pagado sucesivamente en el tiempo, e incluso para imponer a cada cuota futura el interés que se encuadre dentro de los márgenes y limitaciones legales, al entablar demanda para el cobro de las cuotas impagas no puede sin embargo el acreedor, no obstante la Cláusula de aceleración, cobrar los intereses de cada cuota, desde que éstos aún no se han devengado, y desde que la aceleración solamente tiene por objeto la anticipación del pago del capital restringidamente. Los llamados 'gastos operacionales', en la medida en que no se les haya determinado en cuanto a su naturaleza y monto, no forman parte del capital ni de monto alguno a cargo del deudor o mutuario, por lo que en suma y en esencia sólo tiene la significación de un interés indebido que se ha adicionado de modo irregular e ilegítimo al capital. Además, y si, como consta en determinados casos particulares se ha acreditado que el mutuario ha intentado pagar una cuota negándose la Sociedad acreedora a percibir su monto, ha incurrido en un acto propio de renuencia al pago que no puede servir de soporte ni base alguna para considerar impaga la cuota respectiva, ni menos como un antecedente para  acelerar el pago de las cuotas sucesivas", dice el fallo.

 

Y agrega que "habiendo excedido Eurolatina de modo ilegítimo el máximo de los intereses que correspondía aplicar al capital efectivamente entregado al mutuario, los representantes de dicha sociedad han incurrido en la figura penal que describe y sanciona el antes indicado artículo 462 del Código Penal, habiéndose acreditado la participación de los tres procesados en dicho delito del modo que ya se ha señalado en los respectivos Fundamentos de la sentencia de primer grado".

 

Además, el fallo sostiene que "si bien en algunos Informes Periciales se concluyó que Eurolatina no aplicó los intereses usurarios de cuyo cobro se la ha acusado, no es menos cierto que esta Corte, atendido el mérito de todos los antecedentes recogidos en el estudio de segundo grado, ha llegado a la conclusión inequívoca de que los intereses cobrados por Eurolatina excedieron los máximos legales al incluir rubros que no podían de hecho constituir lo que propiamente es en el derecho bancario y comercial el 'interés' de una operación de esta especialidad (…) Al respecto valga recordar, como los deudores, aparte de no tener capacidad económica, incluso tenían deudas como por ejemplo de impuesto territorial, los que incluso fueron absorbidos en su caso por Eurolatina, conclusión que no puede ser más evidente de la absoluta incapacidad del cliente para servir un crédito en cuotas cuyo monto superaba también en muchos casos la cantidad mensual de sus ingresos, su situación de cesantía, de enfermedad, o el monto de su pensión y ancianidad".

 

Asimismo, se acogieron las demandas civiles presentadas por los demandantes, ordenando reestablecer los dineros de los denominados gastos operacionales, de acuerdo al siguiente criterio: "los 'gastos operacionales' habrían comprendido los rubros de tasación de la propiedad, viabilidad del crédito, estudio de títulos, saneamiento de títulos si fuese necesario, redacción de la escritura de hipoteca y prohibición, valor del impuesto de timbres y estampillas, escritura de constitución de hipoteca y prohibición, autorización de firma en el Pagaré, inscripción de la garantía hipotecaria con la respectiva prohibición en el Conservador de Bienes Raíces, y cualquier otro gasto en que la entidad crediticia haya debido incurrir para el otorgamiento del crédito y la adecuada inscripción de las garantías, todos los cuales rubros constituyen precisamente el excedente cobrado por los prestamistas y que configuran el basamento del delito de usura previsto en el artículo 472 del Código Penal".

 

La resolución se adoptó con el voto en contra del ministro Villarroel, quien estuvo por condenar a los tres sentenciados a 10 años y un día de presidio por su responsabilidad en los delitos de usura y estafa reiterados para el mismo periodo.

 

"Habiendo los acusados cometido sucesivamente dos clases de delitos distintos, primero el de estafa y luego el de usura, ambos en el carácter de reiterados, corresponde a juicio del discrepante se aplique esta última disposición legal para imponer la pena que propone para cada uno de los encausados. En efecto, la comisión de los delitos de estafa y de usura se ha llevado a cabo aquí de manera independiente y sucesiva. Lo que  interesa es  que los resultados sean independientes, aunque en la imposición de la penas –por razones de política criminal y siempre mirando el mejor interés de los procesados-, el método no conduzca a una pena que matemáticamente según los parámetros de la ley pueda conducir a una sanción excesiva y desproporcionada, lo que ya Carrara advertía podía ser constitutivo de un rigor innecesario por parte del Estado, desde que la imposición de la pena no podía ir más allá de la necesidad de la legítima defensa social. Ello, no obstante la enorme cantidad de delitos y la multiplicidad increíble y elocuente de familias enteras perjudicadas con las acciones llevadas a cabo por Eurolatina a través de sus personeros", dice el magistrado disidente.

 

Y agrega que "no cabe duda al suscrito que los representantes de Eurolatina, aprovechándose de la ignorancia, de la candidez, de la buena fe, de la necesidad económica y del apuro extremo en superar transitoriamente infortunios económicos insuperables, llegó a convencer a una gran masa de necesitados sin respaldo económico de ningún orden a contraer compromisos que desde el inicio se vislumbraban imposibles de cumplir, desde que en la mayoría de los casos el monto de cada cuota era superior a la entrada mensual que cada deudor hipotecario tenía para su subsistencia. Solo mediante el cumplimiento irrestricto de la normativa constitucional, legal y moral habría podido materializar Eurolatina la garantía que le asegura el artículo 19 N°21 de la Constitución Política de la República, al disponer ésta que ella garantiza a todas las personas "el derecho a desarrollar cualquiera actividad económica que no sea contraria a la moral, al orden público o a la seguridad nacional, respetando las normas legales que la regulen" (…) no se advierte que haya habido de parte de Eurolatina la voluntad real de servir a los mutuarios sino el exclusivo propósito de adueñarse de los inmuebles de éstos mediante un procedimiento sólo aparentemente legal y cuya satisfacción, por parte de los mutuarios, se veía imposible de cumplir desde el más inicial comienzo de las negociaciones y tratos preliminares".

 

El magistrado, además, estimó que se debían anular todos los contratos firmados entre los querellantes y Eurolatina al considerarlos viciados.

 

 


Fuente:

Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
Diplomado en "Gestión del Conocimiento" de la ONU
Diplomado en Gerencia en Administracion Publica ONU
Diplomado en Coaching Ejecutivo ONU( 
  • PUEDES LEERNOS EN FACEBOOK
 
 
 
 CEL: 93934521
Santiago- Chile
Soliciten nuestros cursos de capacitación  y consultoría en GERENCIA ADMINISTRACION PUBLICA -LIDERAZGO -  GESTION DEL CONOCIMIENTO - RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL – LOBBY – COACHING EMPRESARIAL-ENERGIAS RENOVABLES   ,  asesorías a nivel nacional e  internacional y están disponibles  para OTEC Y OTIC en Chile