miércoles, marzo 16, 2011

cámara de diputados Sala despacha proyecto que regula tratamiento tributario de los instrumentos derivados

Sala despacha proyecto que regula tratamiento tributario de los instrumentos derivados

Publicado el 16 de marzo del 2011

Con 84 votos a favor, la Sala de la Cámara de Diputados aprobó y despachó al Senado, a segundo trámite constitucional, el proyecto del Ejecutivo que establece un marco legal con el fin de incentivar la participación de las pequeñas y medianas empresas en el mercado de los derivados financieros.

    La iniciativa legal (boletín 7194) precisa el tratamiento tributario de los instrumentos derivados en un mercado que actualmente es regulado en esta materia sólo a través de circulares e interpretaciones administrativas del Servicio de Impuestos Internos.

    Los instrumentos derivados generan protección frente a cambios en variables financieras, particularmente del tipo de cambio, para que los exportadores o importadores puedan cubrirse de las fluctuaciones de la divisa y de ese modo su negocio no se vea perjudicado.

    De acuerdo a los datos disponibles, más de la mitad de los grandes exportadores ocupan estos mecanismos y alrededor de un 10 por ciento de los pequeños. El objetivo del presente proyecto es cerrar esa brecha.

    El texto legal define los contratos derivados como forwards, futuros, swaps, opciones y sus combinaciones; aquellos reconocidos como tales las Superintendencias de Valores y Seguros, de Bancos e Instituciones Financieras, de Pensiones o por el Banco Central; y los que cumplan con ciertos requisitos, como por ejemplo, no requerir de una inversión neta inicial o que ésta sea inferior a la que se requeriría si se invirtiese directamente en el activo subyacente.

    La iniciativa establece que los contribuyentes deberán enviar una declaración jurada al Servicio de Impuestos Internos informando de las transacciones de derivados que lleven a cabo, debiendo además mantener un registro de estas mismas transacciones que celebren, que deberá estar a disposición del Servicio para cuando éste lo requiera.

    Lo dispuesto en esta ley regirá respecto de los derivados y opciones que se celebren, o sean objeto de modificaciones, a contar del primero de enero del año siguiente al de su publicación en el Diario Oficial.

    En el debate en la Sala intervinieron los diputados Jorge Burgos (DC), Enrique Jaramillo (PPD), José Miguel Ortiz (DC), Joaquín Godoy (RN), Marcelo Schilling (PS), Javier Macaya (UDI), Pablo Lorenzini (DC), Ernesto Silva (UDI) y Miodrag Marinovic (Independiente).


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    Saludos
    Rodrigo González Fernández
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