lunes, septiembre 22, 2008

Quién me avala para abrir una franquicia?

Quién me avala para abrir una franquicia?

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¿Quién me avala para abrir una franquicia?
Las sociedades de garantía recíproca formalizaron 2.441 millones de euros el año pasado.
La situación económica actual y la escasa concesión de créditos por parte de las entidades financieras, hace que los emprendedores busquen fórmulas alternativas para obtener la financiación. Las sociedades de garantías recíprocas son en muchos casos la mejor opción para que un futuro franquiciado obtenga un aval y con él una sólida garantía personal que le permita acceder a los créditos de otras entidades.

Cuando la familia y los socios no son un aval suficiente, existen otras fórmulas de respaldar nuestra inversión ante una entidad financiera. Los sistemas de garantías nacieron con el objetivo de mejorar las condiciones de acceso de las pymes al mercado crediticio. Un emprendedor que busca abrir una franquicia puede solicitar un aval a través de estas sociedades, pudiendo posteriormente solicitar la financiación que le permite abrir su negocio.

El primer paso para la concesión del aval será presentar toda la documentación social, fiscal y económica necesaria para el análisis de riesgo de la operación para la que se solicita el aval. A diferencia de las entidades de crédito, este tipo de sociedades centra su análisis, fundamentalmente, en la viabilidad del proyecto. Una vez analizado y aprobado la concesión del aval, el emprendedor entraría a formar parte de la sociedad de garantías recíprocas como socio a cambio del pago de una cuota y una comisión por gastos.

Según la directora general de Confederación Española de Sociedades de Garantía Recíproca (CESGAR), Marta Cea Soriano, "esta característica da el carácter de reciprocidad a las Sociedades de Garantía Recíproca ya que a cambio del aval obtenido, el pequeño y mediano empresario entra a formar parte de la SGR que le ha concedido el aval". Y continuó "de esta manera que son los propios empresarios los que constituyen las sociedades de garantía". El importe de la cuota varía en función de cada sociedad de garantía y depende del monto final de la operación.

Esta fórmula avalística es muy demandada por los emprendedores españoles, ya que en el 2007 las sociedades de garantía recíproca formalizaron 2.441 millones de euros, un 8% más con respecto al ejercicio anterior.

Además hay una comisión de aval que se valora sobre el importe de la operación y que está en torno al 1% y en algunos casos hay que pagar una comisión de estudio, que está en torno al 0,5%. Cea Soriano matizó que "la cuota de capital social será reembolsable al final de la operación pero el socio puede optar por no recuperar ese importe y permanecer como socio partícipe". Y de esta manera continuará teniendo acceso a las prestaciones y servicios de la SGR.

Dependiendo del volumen de operaciones de las sociedades de garantías recíprocas y su nivel de solvencia se negocian las líneas de crédito con condiciones altamente ventajosas para sus socios; por lo tanto, los tipos de interés para el franquiciado son inferiores a los del mercado y los plazos de amortización más largos. Actualmente, estas entidades ofrecen tipos aproximados de míbor a un año más un diferencial de entre 0,25 y 0,50 puntos, con plazos de amortización de hasta diez años.

La decisión de que la entidad financiera le conceda la financiación para abrir una franquicia no sólo depende de que el proyecto sea viable económicamente, se analiza también la solvencia personal del emprendedor, que con el aval de estas entidades quedaría cubierto, y la solvencia económica de la franquicia elegida.

 
Renato Sánchez 3586 of.10
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