lunes, junio 09, 2008

GOBIERNOS CORPORATIVOS: Ingresa proyecto sobre gobiernos corporativos

Ingresa proyecto sobre gobiernos corporativos

  19 de septiembre 2007


El Gobierno ingresó a trámite en la Cámara de Diputados un proyecto de ley que introduce perfeccionamientos a la normativa que regula los gobiernos corporativos de las empresas.
 
El texto modifica la ley sobre sociedades anónimas y de mercado de valores, incrementa la divulgación de información al mercado, regula el uso de información privilegiada, las operaciones con partes relacionadas y los conflictos de intereses.
 
Respecto del uso de información privilegiada, agrega la prohibición de vender los valores cuando se está en posesión de informaciónde este tipo. Este supuesto había sido omitido por la ley actual y ya había sido objeto de una moción presentada por los diputados Jorge Burgos Varela, Juan Bustos Ramírez, Guillermo Ceroni Fuentes, Marcelo Díaz Díaz, Carlos Abel Jarpa Wevar, Carlos Montes Cisternas, Eduardo Saffirio Suárez y Patricio Vallespín López (Boletín Nº 4834-05).
 
El proyecto distingue la presunción de posesión de información (aplicable a los sujetos que se desempeñan dentro de la administración de la empresa), de la presunción de acceso a la información (aplicable a actores que interactúan con la administración, sin ser parte de ella), lo que se traducirá en un estándar más alto para los primeros.
 
También exige a los corredores y agentes de valores adoptar y hacer públicas las políticas que regulen las obligaciones y responsabilidades por el mal uso de la información de transacciones de sus clientes o de recomendaciones de sus analistas.
 
El proyecto establece que será responsabilidad del directorio que las empresas adopten y hagan pública una política interna que determine las obligaciones y responsabilidades de sus ejecutivos principales respecto de la transacción de valores de la compañía.
 
Al respecto las empresas podrán optar por alguna de las alternativas contenidas en un repertorio que ofrece la ley: prohibición temporal, restitución a la empresa de las utilidades obtenidas en periodos determinados, prohibición total, etc.. Además, deberán aplicar una multa prevista en la ley, cuyo monto será, a lo menos, igual al beneficio ilegítimamente obtenido.
 

Siga la tramitación del proyecto.


CONSULTEN, OPINEN , ESCRIBAN LIBREMENTE
Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en RSE de la ONU
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