La Ley Nº 20.123, publicada el 16 de octubre de 2006 y que comienza a regir el 15 de noviembre, modifica el Código del Trabajo definiendo y normando el régimen de subcontratación entendiéndolo como aquel realizado por un trabajador para un empleador, denominado contratista o subcontratista, quien ejecuta obras o servicios por cuenta y riesgo propio para una empresa principal, dueña de la obra o faena. La regulación establece las situaciones en que la empresa principal es responsable solidariamente de las obligaciones laborales y previsionales de los subcontratistas, en el caso de que éstos no respondieran frente a un trabajador. La norma crea la figura del contrato de trabajo de servicios transitorios que regula, entre otros aspectos: • Las normas generales de este tipo de contrato • La creación de un registro de empresas de servicios transitorios (EST) • Los casos en que proceda la cancelación de registro de una EST • La responsabilidad, tanto de la empresa usuaria como de la EST La Presidenta Michelle Bachelet comentó que "Hemos logrado sacar adelante la Ley de Subcontratación y Trabajo Transitorio, algo que algunos pensaban que era improbable, algo que la mayoría esperaba para mejorar la calidad de vida de muchas y muchos chilenos." Al respecto, el ministro del Trabajo y Previsión Social, Osvaldo Andrade, afirmó en el ciclo de Conferencias Regionales de la Industria 2006, realizado en Viña del Mar, que “la ley no procura desincentivar el trabajo en régimen de subcontratación, sino darle un marco adecuado que garantice a las trabajadoras y trabajadores contratados bajo esa modalidad, el respeto de sus derechos laborales esenciales.” Finalmente, el Ministerio del Trabajo y Previsión Social tiene un plazo de 90 días para dictar un reglamento que defina la forma o mecanismos por los cuales las instituciones competentes podrán certificar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de los contratistas respecto de sus trabajadores, cuando sean requeridos por la empresa principal. Preguntas y respuestas sobre subcontratación. Preguntas y respuestas sobre trabajo en régimen de servicios transitorios |
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