jueves, junio 16, 2011

Chile ratifica convenio OIT que impulsa mejores condiciones para trabajadoras domésticas16 de junio de 2011

Chile ratifica convenio OIT que impulsa mejores condiciones para trabajadoras domésticas

16 de junio de 2011

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La ministra del Trabajo, Evelyn Matthei, señaló que el acuerdo regula materias como la no discriminación, el respeto a la privacidad, el régimen de descansos y el derecho a un entorno seguro de trabajo.

Hoy, en el marco de la centésima asamblea anual de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que se desarrolla en Ginebra, Suiza, el gobierno de Chile ratificó el convenio 189 del organismo, que regula materias para el trabajo decente de las trabajadoras domésticas.

El convenio fue aprobado por 396 votos a favor (entre ellos el de nuestro país), 16 en contra y 63 abstenciones.

De acuerdo a las estimaciones de la OIT, existen 53 millones de trabajadoras y trabajadores domésticos en el mundo, que en el caso de los países en desarrollo representan entre el 4% y el 12% del empleo asalariado. Casi el 83% de estas trabajadoras son mujeres o niñas, y muchas de ellas son migrantes.

La ministra del Trabajo y Previsión Social, Evelyn Matthei, destacó la ratificación del convenio, ya que "es una señal de que el trabajo debe ser digno y decente para todos. El convenio regula materias como la no discriminación, el régimen de descansos, el respeto a la privacidad, el derecho a un entrono seguro de trabajo, y derechos colectivos, todos ya incluidos dentro de la legislación chilena".

En efecto, el Código del Trabajo reconoce a las trabajadoras domésticas como dependientes desde 1931, por lo que tienen el mismo derecho a la protección y prestaciones laborales y de seguridad social que el resto de los trabajadores.

El director de la OIT, Juan Somavía, dijo que "por primera vez llevamos el sistema de normas de la OIT a la economía informal y este es un acontecimiento de gran importancia".

Por su parte, la directora del Programa de la OIT sobre Condiciones de Trabajo, Manuela Tomei, señaló que "las trabajadoras y trabajadores domésticos no son sirvientes ni miembros de la familia. Después de la ratificación de este convenio, no pueden ser considerados como trabajadores de segunda categoría".


Fuente:

CONSULTEN, OPINEN , ESCRIBAN .
Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
Diplomado en "Gestión del Conocimiento" de la ONU
Diplomado en Gerencia en Administracion Publica ONU
 
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