miércoles, junio 23, 2010

Fideicomiso y derechos individuales

Fideicomiso y derechos individuales

El proyecto actual sobre fideicomiso ciego entiende el debate de fondo: más restricciones no sólo infringirían los derechos constitucionales de los afectos a la regulación, sino que operarían como fuertes barreras a la entrada al servicio público de quienes han destacado en el sector privado.

por José Francisco García - 23/06/2010 - 04:00   LATERCERA.COM
  • Está generando polémica por estos días la discusión en el Congreso Nacional del proyecto de ley que establece el denominado fideicomiso ciego. El gobierno ha presentado un proyecto muy superior al heredado de la administración anterior, porque entiende el debate de fondo: más restricciones en esta materia no sólo pueden lesionar los derechos constitucionales de las personas afectas a la regulación (como el de propiedad), sino que operarían como fuertes barreras a la entrada al servicio público de personas que han destacado en el sector privado.

El proyecto en discusión "aterriza" una reforma constitucional reciente que consagra la obligación de ciertas autoridades públicas de constituir un mandato de administración de ciertos activos -un "fideicomiso ciego", por el que la autoridad no sabe el detalle de la inversión de sus activos por parte del tercero independiente que los administra-, a fin de prevenir conflictos de interés en la toma de decisiones públicas. En casos calificados -cuando el mandato no es suficiente para cumplir con el fin perseguido-, el proyecto obliga a dicha autoridad a enajenar los activos generadores del conflicto. Con ambos instrumentos se busca que prevalezca el interés público sobre el privado al momento de tomar decisiones públicas. 

Si se compara el proyecto actual, las mejoras se manifiestan, por ejemplo, en la inclusión de los parlamentarios entre las autoridades afectas a la regulación (junto con el Presidente o los ministros de Estado); al centrar el debate en valores (e.g., acciones en sociedades anónimas abiertas) y no en la totalidad del patrimonio; en el establecimiento de dos modelos de mandato de administración, el  "ciego"  y el "diversificado", que persiguen objetivos distintos y son alternativas que deben ser evaluadas caso a caso por la autoridad correspondiente o por quienes voluntariamente se acojan a este sistema en los casos previstos; en la consagración de garantías procesales mínimas frente a la aplicación de multas y sanciones por parte de la autoridad fiscalizadora; en la disminución de las multas, que son igualmente disuasivas, pero racionales y proporcionadas; en el aumento la competencia de las entidades que pueden administrar estos activos (e.g., incorporando a compañías extranjeras), etc.

Todas estas modificaciones no sólo buscan ajustar el proyecto heredado a las mejores prácticas regulatorias internacionales (como las de la Ocde) y a poner este marco regulatorio en contexto (no olvidemos que el mayor antídoto es maximizar la transparencia de la actuación de los órganos estatales), sino que revelan que el gobierno ha entendido que el objetivo regulatorio perseguido -el irrestricto respeto al principio de probidad y a que las decisiones públicas deben mirar al bien común-, no puede ser conseguido a cualquier costo. Con ello se reemplaza, además, la lógica del proyecto anterior, que veía una cierta incompatibilidad entre la función pública y el éxito privado. Absurdo. 

Así, la mayor flexibilización, moderación y atenuación de las regulaciones más duras del proyecto anterior no sólo son constitucionalmente necesarias, sino que hacen compatible este cuerpo de regulaciones con una sociedad regida por principios de libertad.

Por lo demás, es una ocasión de preguntarnos si el principio constitucional que establece que el Estado debe asegurar el derecho de las personas a participar con igualdad de oportunidades en la vida nacional es mera retórica o un compromiso profundo de nuestra comunidad política con todos sus miembros sin distinción.

FUENTE:
Saludos,
 
RODRIGO  GONZALEZ  FERNANDEZ
DIPLOMADO EN RSE DE LA ONU
DIPLOMADO EN GESTION DEL CONOCIMIENTO DE ONU
Celular: 93934521
WWW.CONSULTAJURIDICA.BLOGSPOT.COM
SANTIAGO-CHILE
Solicite nuestros cursos y asesoría en Responsabilidad social empresarial-Lobby corporativo-Energías renovables. Calentamiento Global- Gestión del conocimiento-Liderazgo,Energias Renovables.(Para OTEC, Universidades, Organizaciones )

No hay comentarios.: