Con el fin de enfrentar el aumento de casos en los que se utiliza Internet y otros medios digitales para difamar o dañar la honra de las personas, el senador Carlos Bianchi presentó una moción que incorpora a las nuevas tecnologías como instrumentos para cometer injurias o calumnias. La iniciativa será analizada por la Comisión de Constitución.
Explicó que "Internet y otras tecnologías se han convertidos en medios aptos para dar una gravedad mayor a una injuria y calumnia que se realice a través de ellas puesto que no cabe duda del impacto público que estas tienen".
Agregó que "junto con las innumerables ventajas y beneficios que ha traído el desarrollo de estas nuevas tecnologías, algunas personas las han utilizado para difundir, a gran escala, difamaciones y atentados contra el honor y la vida privada de personas, que muchas veces, ven vulnerados sus derechos sin la posibilidad de obtener una efectiva reparación por el daño sufrido".
Por estas razones, propuso incorporar en el Código Penal un artículo que considere "las injurias y calumnias hechas por escrito y con publicidad cuando los mensajes calumniosos o injuriosos se publiquen por escrito, fotografías, a través de imágenes, videos, alusiones o cualquier otro medio apto, a través de direcciones de Internet de foros, comunidades virtuales, redes sociales, y en general todo tipo procedimiento apto para aquello".
El senador Bianchi expresó que "desde hace unos 15 años los medios escritos de prensa así como los medios de radio y televisión han sido superados largamente por otras nuevas tecnologías asociados al mundo computacional y digital".
Manifestó que "Internet por sus especiales características ha ocupado un espacio fundamental para una nueva forma en que las personas establecen sus relaciones en la vida diaria, e incluso han venido a revolucionar la forma en que las personas desarrollan su vida laboral".
Sin embargo, admitió que la protección a la vida privada, al honor y a la honra de una persona "no ha sido de pacífica regulación tanto a nivel internacional así como tampoco a nivel nacional puesto que siempre en contraposición a este derecho se encuentra la libertad de expresión sin censura previa que deben tener todas la personas sobretodo para aquellas que se expresan a través de medios de comunicación masivos y públicos".
Puntualizó que "en nuestro país la Constitución Política regula dentro de los derechos y garantías fundamentales: el respeto y protección a la vida privada y a la honra de la persona y su familia".
Además, consagra la libertad de emitir opinión y la de informar, sin censura previa, en cualquier forma y por cualquier medio, in perjuicio de responder de los delitos y abusos que se cometan en el ejercicio de estas libertades, en conformidad al Código Penal, donde se establecen los delitos de injurias y calumnias".
Cabe señalar que la calumnia es definida como toda imputación de un delito determinado pero falso. Por su parte, la injuria es definida como toda expresión proferida o acción ejecutada en deshonra, descrédito o menosprecio de una persona.
El senador Bianchi aseveró que "la Constitución consagra el derecho para toda persona natural o jurídica ofendida o injustamente aludida por algún medio de comunicación social que su declaración o rectificación sea gratuitamente difundida, en las condiciones que la ley determine, por el medio de comunicación social en que esa información hubiera sido emitida".
Asimismo, el artículo 413 del Código penal establece como una agravante para el delito de calumnia el ser propagado por escrito y con publicidad. Por estas razones, consideró indispensable incluir dentro de la definición de los delitos de injurias y calumnias los que se efectúen a través de las nuevas tecnologías, especialmente a través de Internet.
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