viernes, agosto 03, 2007

Normas Para Lobbystas

Normas Para Lobbystas

Hay que aprender el lobby, ¿quien lo enseña en Chile ?

     
   
     

Después de dos años de estudio en el Senado, la Sala de la Cámara Alta aprobó el proyecto de ley que regula el lobby. En el proceso, los parlamentarios y el Gobierno, bajo la coordinación de la Secretaría General de la Presidencia, que encabeza el ministro José Antonio Viera-Gallo, introdujeron importantes modificaciones al documento que originalmente analizó la Cámara Baja. De modo que es probable que en la tercera etapa legislativa, los diputados no autoricen de inmediato que el texto sea despachado a ley, sino que voten por la creación de una comisión mixta que resuelva eventuales discrepancias.
Uno de los aspectos que provocó mayor debate en la Cámara Alta, fue si está permitido ejercer la gestión de intereses en decisiones de carácter logístico del Poder Judicial. Finalmente, primó el criterio de la comisión de Hacienda del Senado, en cuanto a que, por su naturaleza, dicho poder del Estado no puede ser sujeto a lobby, y que sólo se puede realizar tal actividad ante el Congreso y el Ejecutivo.
De acuerdo a la normativa, los lobbystas estarán obligados a informar semestralmente sobre las autoridades, integrantes y funcionarios, y organismos ante quienes han desarrollado gestiones de intereses propios o en representación de terceros; las materias abordadas y los objetivos de cada gestión. Y la fiscalización de dicha actividad recaerá en el Ministerio de Justicia y una comisión bicameral del Congreso, quienes tendrán los registros donde los lobbystas deben inscribirse.
En materia de inhabilidades, se aprobó que una serie de autoridades, entre ellos ministros, diputados, subsecretarios, los consejeros regionales y consejeros del Banco Central, no podrán dedicarse al lobby, durante el ejercicio de sus funciones y hasta un año después de haber cesado en sus cargos.
Entre las modificaciones, destaca la que regula el lobby que se efectúa ante jefes de gabinete o asesores directos o de exclusiva confianza de las autoridades de los órganos de la administración del Estado. Pero, de manera inexplicable, no se incorporaron a los asesores de los parlamentarios, cuyos encuentros con lobbystas, por ende, no quedarán registrados.
Normar esta actividad, es clave, debido a que las influencias distorsionan las decisiones públicas, favorecen a grupos de intereses que ejercen presión y en el plano económico, representan un atentado contra la libre competencia. Por ello es importante que de constituirse una comisión mixta, se realice un examen exhaustivo de eventuales perforaciones a esta ley, porque de producirse estas, la convertirían en letra muerta.

¿Pero quien enseña el Lobby en Chile.?

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Luis Fernando Correa Rosado
 
Teléfonos 09-93402000 y 02-4945500 Email: luisfdo.correa@vtr.net , oficina : El Vaticano 4233, Las Condes, Santiago.
 


 

Saludos
Rodrigo González Fernández
Renato Sánchez 3586 of. 10
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santiago-Chile
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