lunes, abril 16, 2007

desde Camara de diputados:

 

Plantean regular con más detalle uso de vehículos estatales y municipales


 

Diputados de oposición plantearon modificar el decreto que regula el uso e identificación de los vehículos estatales para ejercer un mejor control de su uso.

El texto corresponde a una moción de los diputados Roberto Sepúlveda, Francisco Chahuán; René Aedo; Pedro Álvarez-Salamanca; Pablo Galilea; Rosauro Martínez; Osvaldo Palma; Germán Verdugo, y de la Diputada Ximena Valcarce.

La moción está identificada con el Boletín N° 4974 y fue remitida a la Comisión de Gobierno Interior para su estudio.

Antecedentes

El Decreto Ley N° 799, de 1974, regula el uso y circulación de vehículos estatales, prohibiendo la circulación de éstos en días sábados en la tarde, domingos y festivos, de vehículos fiscales, semifiscales, de organismos de administración autónoma o descentralizada y empresas del Estado, cualquiera fuere su estatuto legal, de las Municipalidades, y de las empresas, sociedades o entidades públicas o privadas en que el Estado o sus empresas, sociedades o instituciones centralizadas o descentralizadas tengan aportes de capital, representación o participación, representación o participación, superiores al cincuenta por ciento.

Asimismo, señala las autoridades que pueden autorizar salidas específicas de estos vehículos en dichos días.

En primer lugar, la iniciativa plantea agregar entre estas autoridades a los Alcaldes. Asimismo, en lo que respecta al disco distintivo, y con el objeto de identificar claramente al organismo a que pertenece, propone que en el caso de los municipios, los vehículos inserten la palabra municipal en lugar de estatal.

Además, para ejercer un mejor control en el uso de estos vehículos, proponen junto a los discos distintivos pertinentes, asignar a cada vehículo una identificación suplementaria, única e irrepetible, que identifique plenamente la propiedad de este, conformada por un código compuesto, a lo menos, de tres letras y tres números, siendo las primeras, el identificador del ministerio, servicio o municipalidad del cual depende el vehículo.

En el caso de los vehículos que estén legalmente exceptuados de usar el disco distintivo, esta identificación suplementaria deberá insertarse en el distintivo que se adhiere al parabrisas de estos vehículos.

Lunes 16 de Abril de 2007

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RODRIGO GONZALEZ FERNANDEZ
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